Dictamen N° 55916/2013
N° 55.916 Fecha: 02-IX-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Perla David Gálvez, exfuncionaria del Hospital Dr. Exequiel González Cortés, para consultar si tiene derecho a acceder al bono que otorga la ley N° 20.305. Expresa la interesada, haberse desvinculado el año 2000 por la obtención de pensión de invalidez. Como cuestión previa, cabe señalar, que se pidió informe al Servicio de Salud Metropolitano Sur, el que a la fecha no lo ha evacuado, por lo que este Órgano de Control se pronunciará sin dicho antecedente. Por su parte, el Servicio de Tesorerías expone que la ley N° 20.305, en su artículo quinto transitorio, preceptúa que para optar al citado beneficio, es necesario cumplir con el requisito de cesar, por las causales que allí se indican -entre las que no se menciona la que produjo el alejamiento de la interesada-, durante el período comprendido entre el 14 de noviembre de 2003 y el 1 de enero de 2009, de manera que los trabajadores que se desvincularon por una hipótesis distinta o en una data anterior al lapso antes referido, no tienen derecho al bono. En este sentido, es pertinente mencionar que en los antecedentes tenidos a la vista y en los registros de esta Contraloría General, aparece que, mediante resolución N° 455, de 2000, del Servicio de Salud Metropolitano Sur, se declaró vacante el cargo que servía la afectada, a contar del 30 de octubre de ese año, por salud no recuperable, de manera que no concurren en su caso los supuestos que fija la disposición antes reseñada, motivo por el cual a la recurrente no le corresponde la bonificación de la ley N° 20.305, conclusión que se encuentra en armonía con la jurisprudencia de este Órgano Fiscalizador, contenida, en los oficios N os 64.151, de 2009 y 6.433, de 2012. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República