Dictamen CGR

Dictamen N° 57115/2009

2009-10-16 · Contratación de personal (contrata, honorarios, planta) · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre personal contratado a honorarios en el Servicio Médico Legal
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N° 57.115 Fecha : 16-X-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Servicio Médico Legal, para solicitar la reconsideración del dictamen N° 10.405, de 2009, de este Órgano Fiscalizador, considerando que en virtud de la ley N° 20.314, sobre presupuesto para el sector público del presente año, esa entidad se encuentra facultada para realizar las contrataciones objetadas por ese oficio, pues aquéllas se efectuaron en el marco de la meta presupuestaria denominada Turnos de Tanatología y Sexología Forense Profesionales ley N° 15.076. Como cuestión previa, conviene recordar que por el documento cuyo nuevo estudio se solicita, este Órgano de Control determinó que los convenios a honorarios suscritos por ese Servicio con sus propios empleados para realizar tareas habituales en horarios inhábiles, resultan improcedentes, y no constituyen el medio idóneo para asumir las cargas de trabajo impuestas por la naturaleza de las tareas que realiza esa Institución. Luego, cabe señalar que la citada ley N° 20.314, en la partida 10, capítulo 03, programa 01, relativa al Servicio Médico Legal, contempla en el subtítulo 21, sobre gastos en personal, glosa 02, letra d), convenios con personas naturales por la cifra que indica. Enseguida, y conforme a los nuevos antecedentes tenidos a la vista, acompañados por el Servicio, es dable hacer presente que mediante el informe para la Tercera Subcomisión Mixta de Presupuestos del Congreso Nacional, de octubre de 2008, el Ministerio de Justicia remitió a aquélla el proyecto de presupuesto para el año 2009, que interesa, que contiene un desglose pormenorizado de los programas adicionales que componen la glosa referente a los convenios con personas naturales, dentro del cual se comprende el de “Turnos de Tanatología y Sexología Forense Profesionales ley N° 15.076”. En efecto, la referida meta presupuestaria considera los recursos para mantener la atención de profesionales médicos fuera de la jornada habitual de funciones, sábados, domingos y festivos, mediante el pago de honorarios por un total de $323.382 millones, para 76 profesionales médicos que presten servicios en el turno en comento -22 en la Región Metropolitana y 54 en otras Regiones-, lo que se traduce en un incremento equivalente a $820.000 mensuales para cada uno. En consecuencia, se puede colegir que la referida ley N° 20.314 otorga al Servicio Médico Legal una autorización de carácter excepcional, con vigencia sólo durante el presente año 2009, para contratar sobre la base de honorarios a los profesionales médicos que desempeñen funciones en turnos de Tanatología y Sexología Forense con las limitaciones que la propia normativa establece. En mérito de lo expuesto, procede aclarar el dictamen N° 10.405, de 2009, de esta Contraloría General, en los términos señalados en el presente oficio. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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