Dictamen CGR

Dictamen N° 58516/2015

2015-07-22 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Peticiones concretas que interesado estima no contestadas, sí fueron resueltas en oficios que indica

N° 58.516 Fecha: 22-VII-2015 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General don Fernando Villarroel Valenzuela, en representación de doña Evelyn Guzmán Guzmán, funcionaria de Carabineros de Chile y don Elías Miranda González, ex empleado de dicha institución, reclamando en contra de esta Entidad de Fiscalización por cuanto su dictamen N° 37.021, de 2015, no habría atendido la solicitud de control de legalidad de la actuación de esa repartición policial ni habría contestado en su integridad cada una de las numerosas peticiones que realizó por medio de las referencias N os 160.227, 163.381, 173.508, 184.855 y 184.856, todas de 2015. Como cuestión previa, es necesario recordar que el mencionado oficio N° 37.021, de 2015 confirmó los dictámenes N os 75.307, 77.741 y 77.743, de 2014, y 1.193, de 2015, los cuales resolvieron que los reclamos formulados por el ocurrente en contra del actuar de Carabineros de Chile debían ser conocidos por el Consejo para la Transparencia, dado que, en definitiva, sólo decían relación con el derecho de acceso a la información. En efecto, y como se explicó en el último documento citado, el ejercicio del derecho sustantivo de acceso a la información contenido en la ley N° 19.880 se encuentra regulado en la ley N° 20.285, la que contempla los medios especiales de impugnación para amparar esa prerrogativa, en primera instancia ante el referido Consejo y, en segunda, ante la Corte de Apelaciones respectiva. El aludido oficio N° 37.021, de 2015, se pronunció también acerca de la tardanza en resolver las alegaciones efectuadas por el ocurrente, señalando, por los motivos allí consignados, que la demora no fue excesiva, por lo que no accedió a iniciar un proceso disciplinario sobre la materia. Igualmente, el referido documento resolvió los requerimientos relativos a que se le proveyera al recurrente una dirección de correo electrónico para materializar sus presentaciones y que se acusara recibo de sus actuaciones por el medio que éste indicó. En dicho contexto, cumple con hacer presente que las numerosas peticiones que el señor Villarroel Valenzuela ha formulado en las presentaciones ya individualizadas, que estima no resueltas, son reiterativas y, en síntesis, se reducen a los aspectos antes aludidos, los que ya han sido abordados por esta Entidad de Control en los dictámenes mencionados. En todo caso, y en lo que atañe a las solicitudes de copias de antecedentes incorporados en los expedientes de tramitación de esta Contraloría General, así como la identidad de los funcionarios que intervinieron en las presentaciones hechas ante ella, corresponde advertir que ese tipo de requerimientos deben ser atendidos por su Unidad de Acceso a la Información y Lobby, por lo que se transcribe el presente oficio a dicha dependencia para tal fin. Por otra parte, en lo que respecta a la objeción por la intervención de los empleados de este Organismo de Fiscalización que individualiza, debe anotarse que tales servidores se desempeñan en la Oficina de Partes de esta Institución, por lo que, para los efectos reclamados, no han tenido injerencia en la tramitación de sus solicitudes. Sin perjuicio de lo anterior, esta Jefatura Superior no advierte circunstancias que ameriten disponer que el análisis de la presentación que por este documento se aborda sea efectuado por profesionales diversos a los que han conocido sus otros requerimientos, por lo que no se accede a su petición en tal sentido. Finalmente, y en cuanto a la solicitud de que se le haga entrega del original del dictamen N° 37.021, de 2015, cumple con señalar que éste se encuentra disponible en la Unidad de Atención de Usuarios de esta Entidad de Control, ubicada en el primer piso de Teatinos 56. Transcríbase a la División de Personal de la Administración del Estado, a la Unidad de Acceso a la Información y Lobby y la Unidad de Atención de Usuarios, de esta Contraloría General. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

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