Dictamen N° 77743/2014
N° 77.743 Fecha: 08-X-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Fernando Villarroel Valenzuela, en representación de don Iván Gabriel Medina Céspedes, funcionario de Carabineros de Chile, reclamando en contra del actuar de dicha institución en orden a no proporcionar los antecedentes que le fueron solicitados. Sobre el particular, cabe manifestar, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24 del artículo primero de la ley N° 20.285, que el Consejo para la Transparencia es la entidad competente para amparar el derecho de acceso a la información cuando es denegado por la autoridad administrativa, en el plazo y en la forma señalada en ese precepto, como asimismo, para imponer las respectivas sanciones por la no entrega oportuna de los datos requeridos, según lo prevé el artículo 49 del artículo primero del citado texto legal. Atendido lo anterior, este Organismo Fiscalizador se abstiene de emitir el pronunciamiento solicitado, toda vez que es el aludido consejo quien debe conocer los reclamos como el de la especie, por lo que en virtud de lo establecido en el artículo 14, inciso segundo, de la ley N° 19.880, se remiten las presentaciones de que se trata, con sus antecedentes, para los fines que sean procedentes. Transcríbase al interesado. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República