Dictamen CGR

Dictamen N° 60297/2009

2009-10-30 · Contratación pública, licitaciones y compras · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Toma razón de resolución 147/2009 de la Dirección de Obras Hidráulicas, que aprueba documentos que fueron parte de la licitación y acepta propuesta de la empresa que indica
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N° 60.297 Fecha: 30-X-2009 La Contraloría General ha dado curso a la resolución N° 147, de 2009, de la Dirección de Obras Hidráulicas que, entre otras medidas, aprueba documentos que fueron parte de la licitación y acepta propuesta de la empresa que indica para la ejecución del contrato “Construcción Canal Matriz Nuevo Cocinera-El Bato, Comuna de Illapel, Provincia del Choapa, IV Región de Coquimbo”, pero cumple con hacer presente que, en lo sucesivo, ese Servicio deberá aprobar la totalidad de los antecedentes que sirvieron de base para la licitación, y no como ocurrió en la especie, en que los planos y especificaciones técnicas generales no fueron sancionados por el acto en examen. Lo anterior, sin perjuicio de que este Organismo Contralor entiende que dichos instrumentos forman parte del contrato en conformidad al punto 2.3 de las bases administrativas. Por otra parte, en relación a lo señalado en el resuelvo N° 10 del documento señalado, en lo que se refiere a la distribución de los recursos que están considerados presupuestariamente para la obra de que se trata, entiende esta Entidad de Fiscalización que cada vez que sea necesario ese Servicio adoptará las medidas para ajustar dicha distribución -durante el presente año y en los ejercicios futuros- a los requerimientos derivados de la ejecución del contrato, conforme a la normativa y demás antecedentes que lo rigen. Finalmente, cabe manifestar que esta Contraloría General entiende que la mención al título “Universitario” -que se realizó en las respuestas N os 21 y 22 de la serie de preguntas y respuestas N° 1-, se refiere al título profesional, ya que acorde con el criterio sustentado en la jurisprudencia de esta Entidad de Control, los órganos de la Administración no pueden efectuar distinciones según el origen del título profesional, en términos de impedir la participación de aquéllos cuyo título no haya sido otorgado por una universidad (aplica dictamen N° 33.427, de 2009). Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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