Dictamen CGR

Dictamen N° 69391/2014

2014-09-08 · Contratación de personal (contrata, honorarios, planta) · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. La autoridad puede distribuir el personal a contrata conforme a las necesidades del servicio, siempre que las labores asignadas correspondan al escalafón al que se encuentra asimilado el funcionario
Aplicado por
Dictamen N° 46937/2015
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N° 69.391 Fecha: 08-IX-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Grimaldina Araya Rojas, funcionaria a contrata, asimilada al grado 6 de la E.U.S., de la planta profesional de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, para reclamar que fue objeto de un cambio de labores sin fundamento alguno, estimando ilegal y arbitraria la decisión de la autoridad. Requerido su informe, el citado servicio señala que dispuso el cambio de tareas de la señora Araya Rojas desde el Departamento Técnico Pedagógico a la Oficina del Sistema Integral de Atención Ciudadana de la Unidad de Relaciones Públicas y Atención Ciudadana de esa entidad, para que responda las solicitudes que se efectúen a través de esta última dependencia, estimando que obró conforme a sus atribuciones en la materia, y que en ningún caso se produjo un menoscabo a la posición jerárquica de la recurrente. Sobre el particular, es menester indicar, en armonía con lo resuelto por esta Entidad de Control en sus dictámenes N°s 16.763, de 2013 y 63.443, de 2014, entre otros, que la superioridad se encuentra facultada para asignar a sus empleados las labores a desarrollar, según las necesidades del servicio, y de acuerdo al escalafón al que pertenecen o se encuentran asimilados. Asimismo, es útil precisar, tal como lo ha informado el dictamen N° 28.315, de 2013, de esta procedencia, que debe entenderse por funciones propias de un cargo genérico, como el de la especie, aquéllas asignadas a una determinada planta, en este caso, las del estamento profesional a la que fue asimilada la requirente. En este contexto, el cambio de las actividades de que fue objeto la señora Araya Rojas se encuentra ajustado a derecho, ya que, por una parte, dicha decisión fue adoptada en ejercicio de las facultades que en esa materia posee la autoridad, cuyos motivos fueron comunicados a la afectada, y por cuanto las tareas encomendadas en su nueva función son las propias de una plaza profesional. Transcríbase a la Junta Nacional de Jardines Infantiles. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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