Dictamen N° 75775/2011
N° 75.775 Fecha: 02-XII-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Juan Ponce Moreira, funcionario de la Municipalidad de Conchalí, reclamando en contra de una anotación de demérito que le fue impuesta por el secretario comunal de planificación de dicho municipio, la que se le notificó el día 1 de agosto de 2011. Sobre el particular, cabe hacer presente que, como se ha precisado en los dictámenes N°s. 50.384, de 2002; 66.125, de 2009, y 43.577, de 2011, los funcionarios sólo pueden impugnar ante este Organismo de Control las anotaciones de demérito dispuestas en su contra, una vez notificados del fallo del recurso de apelación deducido en contra de su calificación, dentro del plazo establecido en el artículo 156 de la ley N° 18.883, sobre Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, toda vez que aquellas y las solicitudes de que sean objeto, según lo dispuesto en los artículos 37, 40 y 41 del citado texto estatutario, forman parte de los antecedentes a considerar por la junta calificadora durante el procedimiento de evaluación anual. En consecuencia, en mérito de lo expuesto, cabe concluir que el peticionario podrá reclamar ante esta Entidad Fiscalizadora, de la referida anotación de demérito, en la oportunidad indicada. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República