Dictamen CGR

Dictamen N° 92140/2016

2016-12-22 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Título de Profesor de Estado en Educación General Básica otorgado por el Instituto Profesional de Osorno en 1988, actualmente no permite postular a los concursos destinados a ejercer la función de Jefe Técnico Pedagógico de Supervisión y obtener la asignación de responsabilidad
Aplicado por
Dictamen N° 5336/2018
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N° 92.140 Fecha: 22-XII-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Herty Gueregat Rozas, funcionaria de la Subsecretaría de Educación, reclamando en contra de ese organismo, el que habría rechazado su postulación al concurso convocado durante el año 2016, para desempeñar la función de jefe técnico pedagógico de supervisión, asociada a la percepción de la asignación de responsabilidad regulada en el artículo 2° de la ley N° 20.059. Al respecto, la recurrente expone, que para participar en el mencionado proceso, se le solicitó acreditar la posesión de un título profesional obtenido al término de una carrera de a lo menos ocho semestres, condición que no se exigía anteriormente y que no cumpliría su diploma de Profesora de Estado en Educación General Básica, otorgado por el Instituto Profesional de Osorno en 1988. Requerida de informe, la subsecretaría del ramo señaló que la interesada no satisface las exigencias legales para desempeñar la anotada función, por cuanto el plan de estudios conducente al mencionado diploma solo tuvo una duración de siete semestres, información que fue confirmada por la Universidad de Los Lagos, continuadora legal del Instituto Profesional de Osorno. Sobre el particular, cabe recordar que el citado artículo 2°, en su inciso primero, concede una asignación de responsabilidad, en lo atinente, a un empleado que ejerza la función de jefe técnico pedagógico de supervisión de cada una de las unidades provinciales del Ministerio de Educación, tarea que, según precisa el inciso segundo de dicho precepto, será asignada a través de concursos internos, en los que podrán participar los funcionarios de esa Secretaría de Estado que posean un título profesional otorgado por una universidad o un instituto profesional del Estado o reconocido por este; estén desempeñándose como supervisores educacionales o inspectores de subvención y se encuentren calificados en Lista N° 1, de Distinción, o en Lista N° 2, Buena. En este contexto, resulta necesario tener presente que la ley N° 20.866, publicada el 17 de octubre de 2015, modificó las exigencias para postular en los concursos destinados al desempeño de las tareas de jefe técnico pedagógico de cada una de las unidades provinciales del Ministerio de Educación, estableciendo en su artículo 3°, inciso segundo, que solo podrán participar en ellos los empleados que, entre otros requisitos copulativos, se encuentren en posesión de un título profesional de a lo menos ocho semestres, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por este u homologado en los términos de la ley N° 18.329. Puntualizado lo anterior, es necesario destacar que la jurisprudencia de este Organismo de Control, contenida en sus dictámenes Nos 83.279, de 2014 y 87.877, de 2016, entre otros, ha concluido en forma invariable que las normas de derecho público rigen in actum, debiendo, por consiguiente, aplicarse a todas las situaciones que se presentan desde el momento de su entrada en vigencia. En consecuencia, en armonía con lo resuelto, respecto de una situación similar, en el dictamen N° 62.209, de 2016, de esta procedencia, y considerando que, según lo informado por la Universidad de Los Lagos, la carrera conducente al diploma de la interesada tuvo una duración de siete semestres, cabe concluir que dicho título actualmente no la habilita para participar en los señalados certámenes, razón por la cual la actuación de su empleador se encuentra ajustada a derecho. Transcríbase a la Subsecretaría de Educación, a la Universidad de Los Lagos y a la Contraloría Regional del Libertador General Bernardo O’Higgins. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Víctor Hugo Merino Rojas Jefe División de Personal de la Administración del Estado

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