Dictamen CGR

Dictamen N° 9705/2013

2013-02-12 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre eventuales faltas al principio de probidad administrativa por parte de las autoridades que indica
Aplicado por
Dictamen N° 40275/2014
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Dictamen N° 21401/2013
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N° 9.705 Fecha: 12-II-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Patricio Bustamante Díaz solicitando que se instruya un sumario administrativo y se establezcan sanciones en contra de la Ministra de Medio Ambiente y la ex Directora del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Coquimbo que individualiza, en razón a supuestas faltas al principio de probidad administrativa cometidas por su intervención en asuntos relativos al “Proyecto Integral de Desarrollo” de la Minera Los Pelambres, teniendo en consideración que ambas autoridades habrían trabajado en la empresa que elaboró el estudio de impacto ambiental del citado proyecto. Sobre el particular, es preciso indicar que el dictamen N° 80.276, de 2012, de este origen, se pronunció respecto de la situación de que se trata, manifestando que no hay antecedentes que permitan concluir que las citadas funcionarias hayan intervenido en asuntos relacionados con el mencionado proyecto, en los que tuvieran interés personal, existieren circunstancias que les resten imparcialidad, o antes de haber transcurrido dos años de haber prestado servicios a la aludida empresa, y por tanto, concluyó que las actuaciones de la Ministra de Medio Ambiente y la ex Directora del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Coquimbo no vulneraron lo dispuesto en el artículo 8°, inciso primero, de la Constitución Política de la República, los artículos 52, inciso primero, y 62, N° 6, de la ley N° 18.575, y el artículo 12, N° 5, de la ley N° 19.880. Por consiguiente, dado que el referido dictamen N° 80.276, de 2012, ha establecido que en la especie no se han configurado faltas al principio de probidad administrativa, y que en esta oportunidad no se aporta información que permita modificar la aludida decisión, solo cabe desestimar la presentación del interesado. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

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