Dictamen N° 99277/2015
N° 99.277 Fecha : 16-XII-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Edith Aracely Ruiz Riveros, exfuncionaria de Carabineros de Chile, requiriendo el pago del feriado correspondiente a los años 2014 y 2015, que, según sostiene, no hizo uso antes de su cese. Al respecto, cabe anotar, acorde con el criterio contenido en los dictámenes N°s 72.959, de 2010 y 90.896, de 2015, de esta Entidad Fiscalizadora, entre otros, que la concurrencia de una causal de desvinculación implica necesariamente la pérdida del descanso legal pendiente, ya que este derecho supone mantener la calidad de servidor, sin que, por lo demás, resulte procedente su compensación en dinero si este no ha sido utilizado, por no autorizarlo la ley. Enseguida, acerca del entero de los permisos administrativos que no solicitó, es dable expresar que aquellos también aprovechan solo a quienes tienen la condición de empleados, de modo que si antes de gozar de ellos se pierde esa calidad, lo que ocurrió en la especie, la afectada no puede exigir una compensación pecuniaria por los días no utilizados, tal como se sostuvo en el dictamen N° 22.583, de 2010, de este origen. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante