Dictamen CGR

Dictamen N° 72959/2010

2010-12-03 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre compensación de feriado y modificación de fecha de retiro de ex funcionario de Carabineros de Chile
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N° 72.959 Fecha: 03-XII-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Alejandro Cristóbal Veloso Rodríguez, ex funcionario de Carabineros de Chile, para solicitar un pronunciamiento relativo a la posibilidad de compensar la suma de $85.360, que debe reintegrar por remuneraciones percibidas en exceso, con el feriado pendiente que tenía a la data de su alejamiento de esa institución policial. Requerido su informe, el mencionado organismo ha manifestado, en síntesis, que el ocurrente se acogió a retiro el día 16 de junio de 2010, por lo que debe devolver los estipendios que se le enteraron entre esa fecha y el 30 de junio del mismo año. Agrega, que no resultaría posible la compensación que pretende. En relación con la materia, cabe señalar que la jurisprudencia administrativa de esta Entidad Fiscalizadora, contenida entre otros, en los dictámenes N os 23.548, de 2002 y 71.682, de 2009, informó que la concurrencia de cualquier causal de expiración de funciones conlleva la pérdida del feriado pendiente, no procediendo que sea compensado pecuniariamente quien no disfrutó de ese descanso mientras se encontraba en actividad, al no existir norma legal que lo autorice, motivo por el cual corresponde que el recurrente restituya la suma que, por concepto de remuneraciones, percibió en exceso con posterioridad a su retiro, lo cual es, por cierto, sin perjuicio de acogerse a lo dispuesto en el artículo 67 de la ley N° 10.336. Por su parte, en cuanto a la solicitud de modificar la fecha de su retiro, aspecto por el que también consulta, se debe expresar que este Organismo de Control, mediante su dictamen N° 10.326, de 2007, señaló que el desistimiento tiene plena eficacia para enervar las consecuencias de la renuncia voluntaria, en la medida que la época fijada como cese de funciones fuere posterior a la de formulación de la retractación, situación que no ocurre en la especie. Sonia Doren Lois Contralor General de la República Subrogante

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