Dictamen N° 10144/2010
N° 10.144 Fecha: 22-II-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Mario Schellman Balacco, solicitando la reconsideración del dictamen N° 40.131, de 2009, que no accedió a una petición en igual sentido que formulara respecto de los dictámenes N°s. 53.604 y 58.161, ambos de 2008, relacionados con la aplicación del inciso final del artículo 139 del Código de Aguas. Fundamenta su petición en una sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, recaída en la causa rol N° 5.934, de 2008. Al respecto, es dable anotar que las sentencias judiciales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3°, inciso segundo, del Código Civil, sólo producen efectos relativos, no teniendo fuerza obligatoria sino respecto de las causas en que actualmente se pronunciaren, alcanzando únicamente a las partes que litigaron en el proceso, por lo que si en ellas se resuelve un asunto en forma diversa a lo sostenido por la jurisprudencia de la Contraloría General, ésta se mantiene vigente para aquéllos a quienes no aprovecha la sentencia (aplica dictamen N° 24.768, de 2008). A mayor abundamiento, es necesario hacer presente que los hechos analizados en los dictámenes aludidos difieren de aquellos que dieron origen al fallo que adjunta el interesado. En consecuencia, en mérito de lo expuesto, menester es concluir que no procede acceder a la reconsideración solicitada por el recurrente. Se ratifica el dictamen N° 40.131, de 2009. Por orden del Contralor General de la República Juan Carlos Lillo Valenzuela Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación