Dictamen CGR

Dictamen N° 13649/2013

2013-02-28 · Municipalidades y administración local y regional · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. La prórroga al Convenio que indica dispuesta por Conicyt no obliga al Gobierno Regional de Los Lagos a efectuar un nuevo aporte al mismo
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N° 13.649 Fecha: 28-II-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Presidente de la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica -CONICYT-, consultando si el Gobierno Regional de Los Lagos debe seguir aportando recursos al proyecto denominado Consorcio de Investigación en Nutrición, Tecnología de Alimentos y Sustentabilidad del Proceso Alimentario de la Acuicultura, en atención a que mediante la resolución exenta N° 4.787, de 2010, dicha Comisión autorizó la prórroga de tal iniciativa por un período de 5 años. Requerido su informe, el Gobierno Regional de Los Lagos señaló que para el desarrollo del mencionado proyecto, el Consejo Regional aprobó un único aporte para el período inicial de 5 años, sin que a la fecha haya autorizado una nueva contribución al mismo, de modo que aún cuando CONICYT hubiere autorizado su extensión, no corresponde seguir aportando recursos para su ejecución, pues ello contraviene las normas de la ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional. Al respecto, las bases del Concurso de Creación de Consorcios Regionales de Investigación y Desarrollo Cooperativo, año 2003, fueron aprobadas mediante la resolución N° 242, de 2003, de CONICYT, contemplándose en la letra a) de su numeral 2.1, entre otros criterios de elegibilidad, que las instituciones postulantes deben contar con el patrocinio y apoyo financiero del Gobierno Regional respectivo. Acorde con la letra a) de su numeral 2.4, el Gobierno Regional tiene la calidad de auspiciador del Consorcio Regional de Investigación y Desarrollo Cooperativo, financiará parcialmente el proyecto y, además, asumirá la coordinación de las instituciones de la región involucradas en el mismo, en tanto que en su numeral 2.5 se estipula que “El aporte proporcionado por CONICYT y el Gobierno Regional será en partes iguales y de un monto mínimo entre ambos de 1000 (mil) millones de pesos, con un tope de 2000 (dos mil) millones de pesos, los cuales se distribuirán durante la ejecución del proyecto”, agregando en su letra b) que “El Gobierno Regional que auspicia el proyecto aportará los recursos de co-financiamiento, debiendo financiar el mismo monto solicitado a CONICYT. El aporte del Gobierno Regional debe efectuarse en dinero”. Añade en su numeral 2.7 que “El plazo de financiamiento por CONICYT de los proyectos es de 5 años. Una vez finalizado tal plazo, el financiamiento por CONICYT puede extenderse hasta por otro período de 5 años, de acuerdo al resultado de la evaluación científico-tecnológica final que se practique”. Luego, cabe agregar que mediante la resolución N° 47, de 2005, de CONICYT, se adjudicó el proyecto denominado “Consorcio de Investigación en Nutrición, Tecnología de Alimentos y Sustentabilidad del Proceso Alimentario de la Acuicultura”, presentado por la Universidad Austral de Chile y la Universidad de Santiago de Chile, en conjunto con el Gobierno Regional de Los Lagos. En el mismo acto, se aprobó el convenio celebrado con fecha 18 de abril de 2005 entre CONICYT y la Universidad Austral de Chile, estipulándose en su cláusula segunda que esta última asume las obligaciones contractuales y co-asume las académicas, en conjunto con las instituciones participantes del proyecto, por el período de ejecución del mismo y su prórroga si la hubiere. En su cláusula sexta se consignó que las actividades, metas y objetivos previstos en el respectivo proyecto serán cumplidas en el plazo de ejecución de hasta 5 años, a contar de la fecha en que se encuentre totalmente tramitada la resolución aprobatoria del mismo, en tanto que en su cláusula séptima se estableció, en lo que interesa, que el Gobierno Regional de Los Lagos aportará al proyecto, en el mismo período, la suma de $ 500.000.000. Por su parte, mediante la resolución exenta N° 4.787, de 2010, CONICYT aprobó la prórroga del proyecto de la especie, por el período de hasta 5 años. De lo expuesto, es posible advertir que para el desarrollo de la iniciativa en cuestión se contempló una modalidad de financiamiento compartido, que consideró un aporte del Gobierno Regional de Los Lagos por el período de 5 años, sin que se haya pactado ninguna estipulación que lo obligue a seguir contribuyendo en caso de aprobarse una eventual prórroga. Ahora bien, es conveniente aclarar en este punto que no puede confundirse la normativa contractual aplicable al financiamiento del proyecto en comento con aquella que regula el funcionamiento de los Gobiernos Regionales, contenida en la referida ley N° 19.175. En este sentido, y considerando que según lo informado por el Gobierno Regional de Los Lagos, los recursos aportados al proyecto en comento provienen del Fondo Nacional de Desarrollo Regional -FNDR-, cabe anotar que la letra e) del artículo 24 de la citada ley N° 19.175, previene, en lo que interesa, que corresponde al Intendente, en su calidad de órgano ejecutivo del Gobierno Regional, proponer al Consejo Regional la distribución de dichos caudales, proposición que, conforme al artículo 25 de dicho texto legal, puede ser aprobada, modificada o sustituida por ese órgano colegiado. Adicionalmente, los artículos 36, letra e), y 78 del texto legal en comento, radican en el antedicho ente pluripersonal la facultad de resolver, sobre la base de la propuesta del Intendente, la distribución de los recursos del FNDR y de los otros fondos de inversión que señala. Como puede advertirse, y tal como lo ha precisado este Organismo de Control, entre otros, en sus dictámenes N°s. 33.348, de 2002 y 8.299, de 2012, la normativa reseñada otorga al referido órgano colegiado la potestad de determinar el destino que, dentro de los objetivos que señala la ley N° 19.175, se dará a los recursos del FNDR que correspondan a la región respectiva, precisándose así los programas en que ellos deberán invertirse y los montos asignados al efecto. En tales condiciones, cabe concluir que la decisión de CONICYT, en orden a autorizar la prórroga del proyecto denominado Consorcio de Investigación en Nutrición, Tecnología de Alimentos y Sustentabilidad del Proceso Alimentario de la Acuicultura, no es suficiente por si sola para que el Gobierno Regional de Los Lagos se encuentre obligado a seguir co-financiando esa iniciativa por el período adicional de 5 años que se ha autorizado, ya que para ello se requiere que el Intendente someta dicho asunto a la consideración del Consejo Regional y que este último apruebe la propuesta que se le formula. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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