Dictamen CGR

Dictamen N° 15630/2015

2015-02-25 · Previsión y seguridad social de funcionarios · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Beneficios previsionales de exfuncionarios de la caja de previsión de la defensa nacional se encuentran sujetos al límite de imponibilidad que se indica
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Dictamen N° 18890/2017
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Dictamen N° 59391/2015
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N° 15.630 Fecha: 25-II-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Héctor González Soto, exfuncionario de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, para solicitar la reconsideración del oficio N° 58.833, de 2014, de este origen, mediante el cual se representó la resolución que reliquidaba su pensión, por cuanto, a su juicio, no procede aplicar el límite de imponibilidad establecido en el artículo 5° del decreto ley N° 3.501, de 1980. Similar petición efectúa don Carlos Fuentes Gajardo respecto de su jubilación y desahucio. Sobre el particular, cabe hacer presente que el fundamento del indicado oficio N° 58.833, de 2014, se encuentra en el dictamen N° 34.545, de 2014, de esta Entidad Fiscalizadora, el cual, ratificando lo concluido en el pronunciamiento N° 2.383, de 1992, de igual procedencia, determinó que los funcionarios de la aludida caja de previsión afectos a ese régimen, en virtud de lo previsto en el artículo 4° transitorio de la ley N° 18.458, tal como ocurre en el caso de los interesados, están sujetos al límite de imponibilidad en estudio, a partir del 1 de febrero de 1990, por lo que no procede reconsiderar el criterio contenido en el citado oficio. Seguidamente, se hace presente que a la misma restricción se encuentra afecta la indemnización de desahucio, en virtud de lo concluido por el dictamen N° 35.095, de 2014, de este Organismo Contralor, por no existir una norma legal que lo exceptúe expresamente. Por lo tanto, es posible concluir que a los beneficios previsionales de los recurrentes les resulta aplicable el límite impositivo de 60 unidades de fomento que prevé el artículo 5° del decreto ley N° 3.501, de 1980. Transcríbase al Área de Beneficios Previsionales y Remuneratorios de la División de Personal de la Administración del Estado, de esta Contraloría General, al señor Fuentes Gajardo, a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional y a la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, devolviéndole el expediente suministrado. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

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