Dictamen CGR

Dictamen N° 17710/2013

2013-03-20 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcances resolución N° 10, de 2013, de la Intendencia de la Región de Magallanes y Antártica Chilena
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Dictamen N° 4022/2015
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Dictamen N° 40032/2013
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N° 17.710 Fecha: 20-III-2013 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución N° 10, de 2013, de la Intendencia de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, que aprueba una modificación del contrato de concesión de la Zona Franca de Punta Arenas celebrado entre el Intendente de esa Región, en representación del Fisco de Chile, y la Sociedad de Rentas Inmobiliarias Limitada, por encontrarse ajustada a derecho, pero cumple con hacer presente que ello es sin perjuicio de las auditorías y demás medidas que disponga esta Contraloría General, en ejercicio de las facultades consagradas en los artículos 98 y siguientes de la Constitución Política y en la ley N° 10.336, que fija su Organización y Atribuciones, a fin de verificar el cumplimiento del deber de fiscalización que le corresponde a la mencionada autoridad regional respecto de la observancia de las obligaciones y prohibiciones pactadas y de hacer efectivas las responsabilidades que procedan. Adicionalmente, cabe manifestar que, conforme a lo señalado por la jurisprudencia administrativa de este Órgano de Control, contenida en los dictámenes N°s. 71.857, de 2009; 9.385, 12.747 y 22.265, todos de 2010, entre otros, esa Intendencia deberá adoptar las medidas para que, en lo sucesivo, las enmiendas que se efectúen a los actos administrativos que han sido retirados del trámite de toma de razón y que posteriormente son reingresados a esta Entidad, como ocurre en la especie, sean salvadas al margen de cada una de ellas mediante timbre y firma de la autoridad o ministro de fe competente, con el objeto de velar por la integridad y autenticidad del acto, y a fin de que exista constancia de que el jefe superior del respectivo Servicio dispuso o tomó conocimiento de los mencionados cambios, lo que se ha omitido en el instrumento examinado. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo señalado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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