Dictamen CGR

Dictamen N° 19442/2009

2009-04-15 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Vigente
Sumario. El Fondo Revalorizador de Pensiones creado por la ley 16258, modificado por el DFL 4/68 Defensa se encuentra vigente, subsistiendo también el descuento del 0,5 por ciento ordenado en esa normativa
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N° 19.442 Fecha: 15-IV-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General, la Asociación de Oficiales de la Armada en Retiro, solicitando, por las razones que indica, la reconsideración del dictamen N° 8.871, de 2003, de este Organismo Fiscalizador. Sobre el particular, conviene recordar que el aludido pronunciamiento, en armonía con lo resuelto en el dictamen N° 5.361, de 1984, cuya copia se adjunta, señala que el Fondo creado por la ley N° 16.258, modificado por el decreto con fuerza de ley N° 4, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional, se encuentra plenamente vigente, subsistiendo también el descuento del 0,5% ordenado en esa normativa. Lo anterior, por cuanto de acuerdo con el artículo 12 del mencionado decreto con fuerza de ley, los recursos del citado Fondo no se aplican sólo a la revalorización de pensiones, la que como se ha dicho, ha sido reemplazada por un sistema de reajuste automático, sino que también al cumplimiento de otras obligaciones que ese cuerpo normativo y otras disposiciones legales hacen de su cargo, tales como el artículo 8° del decreto, ley N° 255, de 1974, el artículo 35 del decreto ley N° 550, de 1974, el artículo 51 del decreto ley N° 670, de ese mismo año, el artículo 10 del decreto ley N° 2.444, de 1978, en relación con el artículo 1° del decreto ley N° 2.547 de 1979 y el artículo 3° de la ley N° 18.250. AI respecto, es dable manifestar que en esta oportunidad, el recurrente no acompaña nuevos antecedentes que permitan innovar el criterio sostenido por la jurisprudencia administrativa, en consecuencia, no cabe sino confirmar los pronunciamientos anteriores y remitirse a lo expresado en ellos. Finalmente, en relación a los otros aspectos expuestos por el peticionario, se remite el informe N° 0149/1, de 2008, de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional que trata sobre las materias expuestas.

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