Dictamen CGR

Dictamen N° 22872/2018

2018-09-13 · Obras públicas y concesiones · general · Genera Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Los pagos de mayores gastos generales, regulados en la resolución N° 134, de 2014, de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, deben ser aprobados con posterioridad a la terminación del plazo de ejecución de la obra
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N° 22.872 Fecha: 13-IX-2018 Atendidas las dificultades: que se han suscitado con ocasión del pago de mayores gastos generales por aplicación de las bases administrativas mencionadas en la suma, y la incidencia que tales dificultades tienen en el examen previo de juridicidad de los actos administrativos que disponen dichos pagos, esta Contraloría General ha estimado del caso, instruir que tales actos sean dictados con posterioridad a la finalización del plazo total de ejecución de la respectiva obra pública. Lo anterior, considerando que los referidos pagos suponen modificaciones al programa de trabajo que implican un aumento del plazo de ejecución de la obra de modo definitivo, circunstancia esta última respecto de la cual solo existirá certeza una vez concluida la ejecución de la misma. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República