Dictamen N° 23261/2013
N° 23.261 Fecha: 17-IV-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor José Francisco Haupt Ossa, exfuncionario del Ejército, para solicitar, por los motivos que expone, un pronunciamiento respecto del derecho que le asistiría para percibir la asignación de máquina. Requerido su informe, esa entidad manifestó, en síntesis, que el interesado no cumplió con las exigencias necesarias para disfrutar del aludido beneficio económico. Sobre el particular, cabe anotar que el artículo 185, letra d), del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, previene, en lo que interesa, que los servidores que en razón del desempeño de sus labores, deban operar un computador o un terminal computacional, gozarán del estipendio de que se trata, ascendente al veinte por ciento de su sueldo en posesión. En este contexto, y conforme con el criterio contenido en los dictámenes N os 5.401, de 2009 y 38.399, de 2011, de este origen, se debe indicar que el emolumento en estudio, procede cuando se opera de manera constante, permanente y en forma exclusiva un computador o un terminal computacional, resultando una tarea necesaria e indispensable para el desempeño de su trabajo, no siendo posible disponer su pago en situaciones en que éste se efectúe de una manera complementaria de otros cometidos principales, correspondiéndole a la Administración activa verificar la concurrencia de las circunstancias anotadas y, por ende, ponderar su otorgamiento. Ahora bien, de los antecedentes tenidos a la vista, en especial, del informe del Ejército, aparece que el uso de un computador por parte del señor Haupt Ossa, para la confección y tramitación de documentación de diverso tipo, era un medio de apoyo para el cumplimiento de sus funciones, razón por la cual no tuvo derecho a percibir la asignación de máquina que reclama. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República