Dictamen CGR

Dictamen N° 37493/2017

2017-10-20 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Representa la resolución N° 30, de 2017, de la Dirección de Obras Hidráulicas
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N° 37.493 Fecha: 20-X-2017 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del rubro, que aprueba la liquidación final del contrato, “Obras de Emergencia Canal Lauca Km. 21,5 al Km. 25.3”, por cuanto ese servicio no detalla de manera precisa las razones por las cuales no se efectuó en su oportunidad la liquidación del contrato, lo que resulta relevante, si se tiene en consideración que los trabajos fueron finalizados el 11 de julio de 2011. Enseguida, cabe añadir que se omite acompañar el presupuesto final de las obras suscrito por la comisión, según lo establecido al efecto, en el artículo 166 del Reglamento para Contratos de Obras Públicas, aprobado por el decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas., además, no se acompaña el presupuesto definitivo. Por otra parte, se desconoce el estado de las gestiones desarrolladas por la Administración para hacer efectivas las eventuales responsabilidades administrativas, conforme a lo solicitado por esta Entidad de Control, mediante el oficio N° 72.727, de 2011, en virtud del cual se tomó razón de la contratación. Finalmente, en lo que atañe a la multa por atraso cobrada en el estado de pago N° 1, y atendido el criterio sostenido en el dictamen N° 29.080 de 2015, de este origen, debe explicitarse la razón por la cual se consideró en la base de cálculo el monto representativo de IVA. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Subjefe de División División de Infraestructura y Regulación

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