Dictamen N° 41477/2010
N° 41.477 Fecha: 26-VII-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Arlette Canelo Ortega, profesional a contrata del Fondo de Solidaridad e Inversión Social, para denunciar un supuesto pago irregular de horas extraordinarias a una prestadora de servicios a honorarios de esa repartición pública, y el eventual acoso laboral de que habría sido objeto por parte de la jefatura que individualiza. Asimismo, reclama por una anotación de demérito que le fue impuesta, por cuanto no se le habría permitido ejercer recurso alguno. Requerido de informe, el Director Ejecutivo Subrogante del aludido servicio, manifestó, en síntesis, que las situaciones planteadas por la recurrente han motivado la orden de instrucción de un sumario administrativo, en el cual se investigan actualmente, tanto el referido pago como el acoso denunciado. Asimismo, hace presente que al indicado sumario se han incorporado los antecedentes relacionados con la anotación de demérito que afectó a la recurrente. Al respecto, corresponde manifestar, en armonía con lo resuelto en la jurisprudencia de esta Contraloría General, contenida, entre otros, en los dictámenes N os 26.643, de 1990, 39.500 y 47.519, ambos de 2009, que de acuerdo con lo prescrito en los artículos 126, 128, 129 y 140 de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, que es la autoridad dotada de la potestad disciplinaria, en este caso, la jefatura superior de la entidad involucrada, la que debe estimar si los hechos denunciados son susceptibles de ser sancionados con una medida disciplinaria, caso en el cual dispondrá la instrucción de un proceso sumarial. Luego, atendido que la facultad de decretar la iniciación de un procedimiento disciplinario orientado a investigar las situaciones denunciadas por la señora Canelo Ortega corresponde a la superioridad del servicio, y que en la especie, dicha jefatura ha resuelto ordenar su instrucción, no cabe sino concluir que aquellas se encuentran siendo conocidas en la instancia administrativa competente, debiendo esta Contraloría General abstenerse de intervenir en esta oportunidad. Sin perjuicio de lo anterior, y en lo que atañe a la denuncia efectuada por la ocurrente, relacionada con eventuales irregularidades que se habrían producido en el pago de horas extraordinarias a personal contratado a honorarios, es dable indicar que se ha estimado oportuno remitir copia de los antecedentes adjuntos a la División de Auditoría Administrativa de esta Entidad de Fiscalización, a fin de que dicha unidad determine la procedencia de realizar la investigación pertinente. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República