Dictamen N° 43670/2012
N° 43.670 Fecha: 19-VII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Margarita Ossandón Valenzuela, profesional de la educación de la Municipalidad de El Monte, quien reclama estar sufriendo desde el año 2003, diversos tratos hostiles por parte del director del establecimiento educacional en donde ejerce sus funciones. Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 1° de la Constitución Política de la República proscribe todos aquellos actos que atenten contra la dignidad de los individuos, de manera que la transgresión a dicha norma compromete la responsabilidad administrativa del infractor. De conformidad con ello, corresponde que dicha materia sea conocida en las instancias judiciales pertinentes, o bien, que el alcalde, de acuerdo con lo previsto en los artículos 56 y 63, letras c) y d), de la ley N° 18.695, y a los artículos 124, 126 y 138 de la ley N° 18.883, en concordancia con el artículo 72, letra b) de la ley N° 19.070, evalúe la instrucción de un procedimiento sumarial, a fin de determinar la ocurrencia de los hechos denunciados, y conforme al mérito del mismo, decrete las sanciones que procedieren (aplica dictámenes N°s. 29.937 y 34.597, ambos de 2012). En consecuencia, procede que el alcalde de la Municipalidad de El Monte pondere si es necesaria la instrucción de un procedimiento sumarial, con el objeto de establecer la efectividad de los hechos señalados por la recurrente. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República