Dictamen N° 46201/2009
N° 46.201 Fecha: 25-VIII-2009 Se han dirigido a esta Contraloría General, por una parte, la Municipalidad de Lampa, y, por la otra, don Daniel Muñoz Vargas, en representación de la empresa Daniel Muñoz Vargas y Cía. Ltda., solicitando un pronunciamiento que incide en determinar si procede que esa entidad edilicia pague los servicios contratados para la realización de la ceremonia de traspaso de mando alcaldicio -celebrada el día 5 de diciembre de 2008-, consistentes en el arriendo y montaje de carpa, toldo, sillas y generador, y en el cocktail que indica, los cuales fueron efectivamente prestados. La aludida municipalidad cuestiona, en síntesis, el objeto de dicha celebración y su factibilidad presupuestaria, mientras que la empresa recurrente, por su parte, expone que el servicio de cocktail contratado se habría prestado a entera satisfacción de esa entidad, y que, no obstante ello, al requerir el pago respectivo, ésta se ha negado a efectuarlo, esgrimiendo irregularidades internas que no le empecen. En relación con la materia, cumple manifestar que la reiterada jurisprudencia de esta Contraloría General, contenida, entre otros, en los dictámenes N°s 38.146 y 49.619, ambos de 2007 y 61.310, de 2008, ha sostenido que, en virtud del principio retributivo de dar a cada uno lo que le corresponde, el desempeño de un servicio para la Administración lleva aparejado el pago de los estipendios pertinentes, de manera que, de no realizarse dicho pago, independientemente de que el contrato o la licitación respectivos hayan adolecido de irregularidades, se produciría un enriquecimiento sin causa, criterio de acuerdo al cual, en la medida que los servicios pactados en la especie hayan sido prestados al municipio, procedería que esa entidad edilicia pague las sumas acordadas a quienes corresponda, toda vez que éstas constituyen la contraprestación al desempeño efectivo de las labores encomendadas por aquélla. Sin perjuicio de lo anterior, cumple manifestar que esta Entidad Fiscalizadora adoptará las medidas tendientes a determinar la procedencia del gasto efectuado mediante el examen de cuentas pertinente, remitiendo las presentaciones en estudio y sus antecedentes a la unidad correspondiente. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República