Dictamen N° 52946/2012
N° 52.946 Fecha: 28-VIII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Leonardo Humberto Gutiérrez Aravena, exfuncionario de Gendarmería de Chile, para solicitar, por las razones que expone, se deje sin efecto su retiro temporal. Requerido su informe, el mencionado organismo ha señalado, en síntesis, que la desvinculación del recurrente se ajustaría a las normas que regulan la materia. Sobre el particular, y en cuanto a que la resolución mediante la cual se dispuso su cese, no se encontraría debidamente fundada, cabe manifestar, acorde con el criterio contenido en el dictamen N o 13.217, de 2010, de este origen, entre otros, que los actos administrativos a través de los cuales la superioridad de esa institución, conforme a lo previsto en el artículo 114, letra b), del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile -aplicable en la especie-, dispone el retiro temporal de sus empleados, deben ser motivados, esto es, contener las circunstancias y el raciocinio que justifica la adopción de la medida, lo que sucedió en la especie. En efecto, del examen de la referida resolución, aparece que en ésta se expresan en forma clara los motivos específicos y circunstancias precisas que justifican la decisión que en ella se contiene, pues indica de qué manera las conductas del interesado -relacionadas con el hecho de intentar ingresar en estado de ebriedad a la respectiva unidad penitenciaria y causar desórdenes en su frontis-, afectan el prestigio y los fines institucionales. Por su parte, en cuanto al hecho de haber sido desvinculado con anterioridad al término del sumario administrativo incoado en su contra, es dable hacer presente que su retiro temporal no importa la aplicación de una sanción disciplinaria, de modo que no se requiere de la instrucción de un procedimiento sumarial previo al ejercicio de la señalada atribución, tal como, por lo demás, se informó en los oficios N os 14.511, de 2010 y 5.504, de 2012, de esta Entidad Fiscalizadora, entre otros. En consecuencia, cabe concluir que el retiro temporal del señor Leonardo Humberto Gutiérrez Aravena, de Gendarmería de Chile, se ajusta a derecho. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República