Dictamen CGR

Dictamen N° 5356/2017

2017-02-13 · Urbanismo, construcción y vivienda · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Se remite presentación sobre proyecto de modificación del Plan Regulador Comunal de Lo Barnechea
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N° 5.356 Fecha: 13-II-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora María Alejandra Middleton Merino, formulando una serie de consideraciones acerca de la juridicidad del proyecto de modificación del Plan Regulador Comunal de Lo Barnechea “MPRC-LB-09: Centro Cordillera: Farellones, La Parva, El Colorado y Valle Nevado”, tanto respecto del procedimiento de aprobación como del contenido de sus disposiciones. Sobre el particular, cumple esta Entidad Fiscalizadora con señalar que de los antecedentes recabados se advierte que el procedimiento de aprobación de la modificación en cuestión, regulado en los artículos 43 y 45 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones -sancionada por el decreto con fuerza de ley N° 485, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo-, y el artículo 2.1.11. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones -contenida en el decreto N° 47, de 1992, de la mencionada secretaría de Estado-, se encuentra en desarrollo. En este contexto, se remite fotocopia de la presentación aludida a la Subsecretaría y la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana, ambas de Vivienda y Urbanismo y a la mencionada municipalidad, a los efectos de que los planteamientos que se formulan sean considerados en la instancia que corresponda, lo cual es sin perjuicio de puntualizar, por una parte, que ello no obsta a las facultades fiscalizadoras que asisten en la materia a este Órgano de Control, y que, en todo caso, en la aprobación del señalado proyecto, las autoridades competentes deberán velar porque las modificaciones que se realicen se ajusten al ordenamiento jurídico vigente y a los criterios expresados en la jurisprudencia administrativa de esta Contraloría General, en sus diversos aspectos, entre ellos, que el territorio comprendido en el citado plan regulador comunal sea de aquellos susceptibles de ser regulados en ese nivel de planificación (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s 23.041, de 2012 y 45.814, de 2015, ambos de este origen). Transcríbase a la Subsecretaría y Secretaría Regional Ministerial Metropolitana individualizadas y a la Municipalidad de Lo Barnechea. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Juan Carlos Lillo Valenzuela Subjefe División de Infraestructura y Regulación () Dice decreto con fuerza de ley N° 485, debe decir decreto con fuerza de ley N° 458

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