Dictamen N° 63356/2012
N° 63.356 Fecha: 11-X-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Juan Aguilar Haro, exfuncionario de Carabineros de Chile, para solicitar, por las razones que expone, la reconsideración del dictamen N° 26.064, de 7 de mayo de 2012, de este origen, en el cual se determinó que no le asistía el derecho a percibir la asignación de máquina que reclama. Como cuestión previa, cabe hacer presente que el aludido pronunciamiento se emitió sin tener a la vista el informe elaborado por esa institución policial, el cual fue remitido por ella el 23 de mayo de 2012, y en el que señala, en síntesis, que el recurrente no desarrollaba sus funciones en forma exclusiva y excluyente con un equipo computacional, siendo su uso esporádico y de apoyo para su trabajo administrativo, por lo que no concurrieron los requisitos que le permitían impetrar el aludido estipendio. Puntualizado lo anterior, resulta menester recordar, en armonía con lo informado en los oficios N°s. 44.294, de 2005 y 12.239, de 2011, de esta Entidad de Control, que la asignación de máquina procede cuando se opera de manera constante, permanente y en forma exclusiva un computador o un terminal computacional, resultando una tarea necesaria e indispensable para el desempeño de la labor diaria, no siendo exigible su pago en situaciones en que ésta se efectúe de una manera secundaria o complementaria de otras funciones principales, correspondiéndole a la administración activa verificar la concurrencia de las circunstancias anotadas; ello es, por cierto, sin perjuicio de las fiscalizaciones que realiza este Organismo de Control. De esta manera, dado que la situación planteada por el señor Juan Aguilar Haro ya fue estudiada por esta Contraloría General, sin que los nuevos antecedentes tenidos a la vista permitan modificar el citado dictamen N° 26.064, de 2012, se confirma este pronunciamiento y se rechaza la solicitud de reconsideración formulada. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante