Dictamen N° 42211/2013
N° 42.211 Fecha: 03-VII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Elba Myriam Cortés Zúñiga, exfuncionaria de Carabineros de Chile, para solicitar un pronunciamiento respecto del derecho que le habría asistido para percibir la asignación de máquina. Requerido su informe, la mencionada entidad informó, en síntesis, que la interesada no cumplió con los requisitos necesarios para disfrutar del referido beneficio económico. Sobre el particular, cabe anotar que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46, letra e), del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, la asignación de máquina se concederá a quienes integren el equipo humano que opere sistemas a través de medios computacionales, constituidos por los jefes y subjefes de Departamento, programadores, analistas de sistemas, operadores y digitadores de computación. En este contexto, y acorde con el criterio contenido en los dictámenes N os 12.239, de 2011 y 63.356, de 2012, de este Organismo de Control, entre otros, se debe indicar que el estipendio en estudio, procede cuando se opera de manera permanente y en forma exclusiva un computador o un terminal computacional, resultando una tarea necesaria e indispensable para el desarrollo de la labor diaria, no siendo exigible su pago en situaciones en que ésta se efectúe de una manera secundaria o complementaria de otros cometidos principales, correspondiéndole a la Administración activa verificar la concurrencia de las circunstancias anotadas y, por ende, ponderar su otorgamiento. Por consiguiente, atendido que la señora Elba Myriam Cortés Zúñiga no ha acreditado que el desempeño de sus labores habituales implicó operar de forma permanente y exclusiva un computador, se desestima su petición, tal como se señaló, para una situación similar, en el dictamen N° 78.893, de 2012, de este origen. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República