Dictamen CGR

Dictamen N° 67914/2015

2015-08-25 · Contratación de personal (contrata, honorarios, planta) · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Subsecretaría del Interior, ha dispuesto las medidas pertinentes para actualizar escalafón y ascensos que se indican, por lo que la materia planteada se encuentra en vías de ser regularizada

N° 67.914 Fecha: 25-VIII-2015 Se han dirigido a esta Contraloría General los señores Marcos Dinamarca Pacheco y Hernán Flores Cortés, en representación de la Federación Nacional de Asociaciones de Funcionarios del Ministerio del Interior y Servicios Afines -FENAMINSA-, para reclamar por la demora en que habría incurrido la Subsecretaría del Interior, en la confección de los escalafones del Servicio de Gobierno Interior, correspondientes a las plantas de administrativos y de auxiliares durante los últimos años. Asimismo, hacen presente que no se ha realizado la provisión de los cargos en dichos estamentos. Los recurrentes advierten que tales omisiones le habrían impedido a los servidores de esa entidad ser ascendidos, motivo por el cual requieren que se informen las plazas que se encuentran disponibles y solicitan que se tomen acciones para corregir las situaciones descritas, así como la persecución de las eventuales responsabilidades disciplinarias que pudieran afectar a los funcionarios involucrados en ellas, mediante la instrucción de un sumario administrativo. En su informe, el mencionado organismo manifiesta que hubo un retraso en la elaboración de los escalafones de los años 2014 y 2015, como asimismo en los ascensos, habiéndose adoptado las medidas para regularizar dichas situaciones. Al respecto, cabe anotar que la tardanza en confeccionar y tramitar los escalafones, configura una infracción al artículo 8° de la ley N° 18.575, que impone a los órganos de la Administración la obligación de actuar por propia iniciativa en el cumplimiento de sus funciones, procurando la simplificación y rapidez de los trámites. Asimismo, se vulnera el artículo 7° de la ley N° 19.880, relativo al principio de celeridad, conforme al cual las autoridades y funcionarios deberán actuar por propia iniciativa en la iniciación del procedimiento de que se trate y en su prosecución, haciendo expeditos los trámites pertinentes, tal como ha concluido este Ente Contralor, entre otros, en sus dictámenes N os 25.097, de 2011 y 27.857, de 2014, de modo que esa Subsecretaría deberá adoptar, en lo sucesivo, las medidas que sean necesarias a fin de que aquéllos se elaboren, en forma eficiente y oportuna. Enseguida, es menester señalar que si bien la demora en comento tiene injerencia en eventuales promociones, la provisión de empleos vacantes por la vía del ascenso, es una facultad discrecional de la autoridad, cuya materialización no está sometida a plazo alguno, conforme se ha sostenido en el dictamen N° 76.762, de 2013, de este origen. No obstante ello, es del caso prevenir a la superioridad acerca de la necesidad de que provea los cargos que se encuentren disponibles, considerando que, según se ha concluido en los dictámenes N os 13.814, de 2011 y 362, de 2014, de esta Entidad de Control, la carrera funcionaria es un derecho fundamental de los empleados de la Administración, constituyendo uno de sus pilares el sistema de promociones, siendo un deber de los servicios instar por su verificación. Ahora bien, habida cuenta que, de acuerdo a lo informado por dicha entidad, se confeccionó el escalafón para el año 2015, respecto del Servicio Gobierno Interior, cuya copia acompaña, como asimismo, que se encuentra recopilando los antecedentes pertinentes para disponer los correspondientes ascensos en la presente anualidad, se ha determinado, en esta oportunidad, no acceder a la petición de los solicitantes en cuanto a la instrucción de un proceso disciplinario. Transcríbase a la Subsecretaría del Interior. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Dictámenes relacionados
Dictamen N° 25097/2011
Aplica dictámenes
Dictamen N° 27857/2014
Aplica dictámenes
Dictamen N° 76762/2013
Aplica dictámenes
Dictamen N° 13814/2011
Aplica dictámenes
Dictamen N° 362/2014
Aplica dictámenes