Dictamen N° 74848/2010
N° 74.848 Fecha: 14-XII-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Rossana Jorquera Bruna, funcionaria contratada asimilada a la planta profesional del Fondo Nacional de Salud, para solicitar un pronunciamiento que determine si el diploma de Ingeniero de Ejecución en Gestión Industrial, otorgado por la Universidad Técnica Federico Santa María, reviste el carácter de título profesional habilitante para acceder al grado 5 de la E.U.S., de la citada planta, en ese organismo. Sobre el particular, cabe indicar que por el dictamen N° 10.673, de 2000, de esta Entidad de Control, se precisó que el diploma por el cual se consulta es un título profesional y que la mencionada carrera corresponde a un programa especial de complementación y titulación para alumnos que estén previamente en posesión de un diploma de Técnico Universitario o equivalente, otorgado por la misma Universidad u otra reconocida por el Estado. Ahora bien, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que la recurrente, acreditando la posesión del título de Técnico Universitario con mención en Química Analítica otorgado por la referida Casa de Estudios Superiores, en el año 1991, optó al referido programa de continuación de estudios en la misma Universidad, otorgándosele, una vez aprobados los correspondientes semestres académicos, el diploma de Ingeniero de Ejecución en Gestión Industrial, en el año 2000. Enseguida, cabe anotar que de acuerdo al criterio contenido, entre otros, en el dictamen N° 53.577, de 2007, al citado diploma de Ingeniero de Ejecución, cuya duración en la especie es de seis semestres, se le deben computar los otros seis cursados para la obtención previa del título de técnico, totalizando de esta manera un plan de estudios de 12 semestres Precisado lo anterior, y en lo que concierne, ahora, a la posibilidad de acceder al grado 5 de la E.U.S., de la planta profesional de la citada repartición, es preciso señalar que el artículo 2°, letra b), del D.F.L. N° 30, de 1992, modificado por el D.F.L. N° 30, de 1995, ambos del Ministerio de Salud, que fijó Ia planta de personal del Fondo Nacional de Salud, dispone, en lo que interesa, que para el ingreso y promoción en los cargos del estamento de que se trata, ubicados entre los grados 5 al 7, se requiere acreditar un título profesional de una carrera de a lo menos 10 semestres de duración, otorgado por una Universidad del Estado o reconocido por éste y experiencia profesional de 3 años en el sector público o privado. En consecuencia, es dable colegir que la señora Jorquera Bruna satisface las exigencias educacionales requeridas para acceder al grado 5 de la E.U.S., por el que consulta, en la medida que acredite las demás exigencias legales. Finalmente, sin perjuicio de lo expuesto, se debe hacer presente que corresponde a la autoridad del referido Servicio determinar, de acuerdo con sus atribuciones, la necesidad de efectuar las designaciones que en las respectivas plantas se requieran, motivo por el cual no se encuentra obligado a contratar a la interesada en una calidad diversa a la que actualmente posee, tal como se informó en el dictamen N° 33.210, de 2005, de esta Entidad Fiscalizadora, entre otros. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República