Dictamen N° 78596/2015
N° 78.596 Fecha: 05-X-2015 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General doña Daniela Guerra Chavarriga, para pedir que se reconsidere el dictamen N° 53.366, de 2015, de este origen, que confirmó lo resuelto en el dictamen N° 10.911, de 2015, de esta procedencia, el que a su vez, rechazó diversas alegaciones mediante las cuales objetaba un sumario administrativo incoado en su contra en la Junta Nacional de Jardines Infantiles, y dio curso a la resolución N° 195, de 2014, de ese servicio, que al término del aludido proceso disciplinario le aplicó la medida de destitución. Al respecto, cabe anotar que a través de los citados pronunciamientos, este Ente Fiscalizador analizó latamente el sumario por el cual se sancionó a la peticionaria, y consideró cada uno de los argumentos que la solicitante planteó en contra de dicha investigación, los que, en definitiva, fueron desestimados, concluyéndose que el referido procedimiento se ajustó a derecho. En consecuencia, en atención a que la interesada, en esta oportunidad, no aporta antecedentes ni elementos de juicio que permitan variar lo resuelto, distintos de aquellos que ya fueron respondidos mediante los aludidos dictámenes N°s 10.911 y 53.366, ambos de 2015, es del caso colegir que no procede modificar lo concluido en estos, los que se ratifican en todas sus partes. Finalmente, dado el tenor de las expresiones que utiliza la recurrente en sus presentaciones, cumple con señalar que, en virtud de lo establecido en el artículo 19, N° 14, de la Constitución Política, el derecho a realizar peticiones ante la autoridad debe practicarse en términos respetuosos y convenientes, lo que no ha acontecido en la especie, de manera que las solicitudes que formule a futuro deberán ajustarse a ello. Transcríbase a la Junta Nacional de Jardines Infantiles. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante