Dictamen CGR

Dictamen N° 86809/2016

2016-11-30 · Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Ratifica oficios N°s 10.911, 53.366 y 78.596, de 2015; y 1.866, 47.029, 72.984 y 81.786, de 2016, todos de este origen, pues la interesada no aporta nuevos antecedentes que permitan variar lo resuelto en los mismos
Aplicado por
Dictamen N° 92481/2016
Confirma dictámenes

N° 86.809 Fecha: 30-XI-2016 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General doña Daniela Guerra Chavarriga, para reclamar en contra de un sumario administrativo incoado por la Junta Nacional de Jardines Infantiles, al término del cual, mediante la resolución N° 195, de 2014, de ese servicio, le fue aplicada la medida disciplinaria de destitución. Al respecto, cabe recordar que a través de los dictámenes N°s 10.911 y 53.366, de 2015; y 72.984, de 2016, este Ente Contralor analizó latamente el proceso disciplinario por el cual se sancionó a la peticionaria, y consideró cada uno de los argumentos que ella planteó en contra de dicha investigación, los que, en definitiva, fueron desestimados, concluyéndose que el referido procedimiento se ajustó a derecho. En consecuencia, en atención a que la interesada, en esta ocasión, no aporta antecedentes de hecho o de derecho que permitan variar lo resuelto, distintos de aquellos que ya fueron ponderados y respondidos a través de los citados pronunciamientos, así como mediante los dictámenes N°s 78.596, de 2015; y 1.866, 47.029 y 81.786, de 2016, todos de este origen, es del caso reiterar que no procede modificar lo concluido en aquellos, los cuales se ratifican en todas sus partes. Por otro lado, dado el tenor de las expresiones que utiliza la recurrente en sus presentaciones, cabe señalar que, en virtud de lo establecido en el artículo 19, N° 14, de la Constitución Política, el derecho a realizar peticiones ante la autoridad debe practicarse en términos respetuosos y convenientes, lo que no ha acontecido en la especie, de manera que las solicitudes que formule a futuro deberán ajustarse a ello. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

Dictámenes relacionados
Dictamen N° 10911/2015
Confirma dictamen
Dictamen N° 53366/2015
Confirma dictamen
Dictamen N° 78596/2015
Confirma dictamen
Dictamen N° 1866/2016
Confirma dictamen
Dictamen N° 47029/2016
Confirma dictamen
Dictamen N° 72984/2016
Confirma dictamen
Dictamen N° 81786/2016
Confirma dictamen