Dictamen N° 83678/2015
N° 83.678 Fecha: 21-X-2015 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General el señor Francisco Lillo Ayala, exasistente de la educación de la Municipalidad de Quilicura, solicitando la reconsideración del dictamen N° 28.092, de 2015, mediante el cual se concluyó, en síntesis, que se ajustó a derecho el término de la relación laboral del interesado regido por el Código del Trabajo, luego que se efectuó una breve investigación en su contra. El recurrente señala, en suma, que el mencionado pronunciamiento no se sujetó a la realidad de los hechos y que no se respetaron los antecedentes entregados, agregando que la breve investigación debe ser seria y fidedigna, lo que no aconteció en la especie. Sobre el particular, cabe reiterar lo manifestado en el dictamen cuya reconsideración se pide, relativo a que acorde con la jurisprudencia de este Organismo Contralor contenida en los dictámenes N°s. 54.831 y 73.468, ambos de 2011, tratándose de funcionarios municipales cuyos vínculos laborales estén regidos por el Código del Trabajo -como acontece en la especie-, la concurrencia de alguna causal de término del contrato prevista en el aludido ordenamiento, debe ser determinada a través de una breve investigación, la que si bien no requiere sujetarse a las normas de tramitación de un proceso administrativo formal, debe al menos oír al afectado y otorgarle la oportunidad de defenderse. Al respecto, y luego de examinada la presentación en análisis, se ha podido establecer que las consideraciones planteadas por el peticionario tienden a abundar sobre aspectos ya argumentados con anterioridad, sin aportar antecedentes nuevos de hecho o de derecho, que permitan alterar lo concluido en el dictamen N° 28.092, de 2015. En mérito de lo expuesto, se desestima la petición del señor Francisco Lillo Ayala, ratificándose el pronunciamiento cuya reconsideración se solicita. Transcríbase al municipio. Saluda atentamente a Ud. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante