Dictamen CGR

Dictamen N° 88943/2016

2016-12-12 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cambio de causal de retiro de exfuncionaria de la Policía de Investigaciones de Chile, por una inutilidad, requiere acreditar ante la comisión médica de esa entidad que a la época del cese le afectaba una invalidez

N° 88.943 Fecha: 12-XII-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Marcela Ximena Said Correa, exfuncionaria de la Policía de Investigaciones de Chile, para reclamar en contra del informe técnico N° 236, de 2016, de la Comisión Médica de dicha institución policial, que resolvió que no le asiste el derecho a cambiar su causal de retiro por una invalidez, lo que, en opinión de dicho organismo, se ajustaría a las normas que rigen la materia. Como cuestión previa, en relación a que sobre el mismo asunto se interpuso un recurso de protección, se ha estimado pertinente expresar que de los antecedentes recabados por esta Entidad de Control, consta que tal acción se dedujo ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, rol N° 244-2016, la que en su sentencia de fecha 10 de marzo de 2016, considerandos tercero y cuarto, manifestó, en lo que interesa, que debido a que se accedió a la petición de que aquella comisión evaluara su situación médica y determinara si le corresponde modificar su causal de retiro, el recurso de que se trata perdió oportunidad. En este sentido, cabe indicar que la jurisprudencia administrativa contenida en el dictamen N° 94.187, de 2014, de este origen, entre otros, ha señalado que en los casos en que el fallo judicial no resuelva el fondo del asunto sometido a su conocimiento, esta Contraloría General está habilitada para dar respuesta a lo solicitado. Puntualizado lo anterior, en cuanto a que no procedería que la referida comisión hubiese consignado en el citado informe N° 236, de 2016, que no cumple con los requisitos para cambiar su causal de retiro, es menester anotar, de conformidad con lo establecido en el artículo 73 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1980, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de la Policía de Investigaciones de Chile, que compete a ese cuerpo colegiado efectuar, exclusivamente, el examen de los empleados a fin de informar acerca de su capacidad física para continuar en el servicio, o la clase de inutilidad que los imposibilita para ello, como ha sido informado en los dictámenes N os 50.510, de 2013 y 78.126, de 2015, de este origen, entre otros. Al respecto, se debe hacer presente, acorde con el criterio contenido en los dictámenes N os 13.231, de 2010 y 46.048, de 2012, de esta procedencia, que la facultad de reconocer una eventual invalidez se encuentra radicada en la mencionada comisión, la que, en el ejercicio de su atribución, determinó, luego del análisis de los antecedentes médicos que tuvo a la vista, no concederle a la interesada una inutilidad. En consecuencia, cabe concluir que el referido informe técnico N° 236, de 2016, que resolvió que la señora Said Correa no cumple los requisitos para un cambio de causal de retiro por una invalidez, no adolece de irregularidad, por lo que se rechaza su pretensión. Finalmente, acerca de que tampoco habría correspondido que la División de Investigaciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, a través de su carta de fecha 21 de julio de 2016 -cuya copia se tuvo a la vista-, rechazara su solicitud de modificar su causal de retiro por una inutilidad, es menester destacar que de la lectura de aquella misiva, se advierte que a través de ella solo se le da conocimiento de la determinación adoptada por la Comisión Médica de la Policía de Investigaciones de Chile, sin que aparezca que por su intermedio, esa división, haya resuelto denegar su petición de otorgamiento de una invalidez. Transcríbase a la Policía de Investigaciones de Chile y a la Contraloría Regional de Valparaíso. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Alejandro Riquelme Montecinos Jefe Subrogante División de Personal de la Administración del Estado

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