Dictamen N° 13740/2011
N° 13.740 Fecha: 7-III-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Luis de las Rosas Moraga Cáceres, exonerado político, para reclamar porque el Instituto de Previsión Social no ha incrementado su pensión no contributiva, por gracia, con el aporte previsional solidario previsto en la ley N° 20.255, beneficio que, a su juicio, le corresponde. Al efecto, acompaña copia del oficio ordinario N° 579/2010, de 2010, del aludido Instituto, en el que se le informa que no puede acceder al aludido aporte por no reunir los requisitos establecidos en el artículo 36 del referido texto legal. Al respecto, es del caso recordar que, tal como lo manifestara este Organismo Contralor en sus dictámenes N° s. 35.128 y 72.815, ambos de 2009, el artículo 47, N° 2, de la ley N° 20.255 establece, en lo que interesa, que la Superintendencia de Pensiones tendrá la función y atribución de ejercer la supervigilancia y fiscalización del Sistema de Pensiones Solidarias que administra el Instituto de Previsión Social. Sin perjuicio de ello, cabe anotar que el inciso primero del artículo 36 de la ley N° 20.255 preceptúa que los titulares de pensiones otorgadas conforme, entre otras, por la ley N° 19.234, podrán acceder a los beneficios del sistema solidario siempre que cumplan los requisitos establecidos en el Título I, en lo que corresponde. Por su parte, el inciso segundo del antedicho artículo 36 dispone que las personas que sólo perciban pensiones de las señaladas en el inciso anterior podrán acceder a un porcentaje de la pensión básica solidaria de vejez o invalidez si ésta última fuere de un monto superior al de la primera. El beneficio ascenderá al valor que resulte de restar de la referida pensión básica, la o las jubilaciones que perciba el pensionado de las leyes señaladas en el inciso anterior. Ahora bien, acorde con los antecedentes tenidos a la vista, el monto del beneficio no contributivo del reclamante ascendió, al mes de noviembre de 2010, a $ 133.738.-, valor superior al de la pensión básica, fijado en la suma de $ 75.840.-, desde el 1 de julio de 2010, por lo que no le corresponde al señor Moraga Cáceres el incremento que solicita. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República