Dictamen CGR

Dictamen N° 19602/2013

2013-04-02 · Contratación de personal (contrata, honorarios, planta) · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Prórroga de designación a contrata puede disponerse por un lapso inferior a un año
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N° 19.602 Fecha: 02-IV-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña María Urízar Zapata, funcionaria del Hospital de Urgencia Asistencia Pública, para reclamar en contra de la decisión adoptada por la autoridad, en orden a renovar su designación a contrata sólo hasta el 31 de marzo de 2013, pese a que desde el año 2006, dicho vínculo le ha sido prorrogado sucesivamente entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de cada año. Requerida de informe, la Dirección del aludido centro de salud manifestó, en síntesis, que la normativa que regula la materia le permite prorrogar una contrata por un plazo inferior a un año, por lo que la determinación que se impugna se ajustó a derecho. Como cuestión previa, es del caso hacer presente que, según los antecedentes y registros examinados, la última prórroga de la afectada fue dispuesta entre el 1 de enero y el 31 de marzo de este año, a través de la resolución exenta N° 5.507, de 2013. Sobre el particular, cabe señalar que según la jurisprudencia administrativa de esta Institución Fiscalizadora, contenida en los dictámenes N os 30.295, de 2008, y 73.476, de 2011, los empleos a contrata, conforme lo establece el inciso primero del artículo 10 de la ley N° 18.834, son aquellos que tienen un carácter transitorio, cuya duración máxima se extiende sólo hasta el 31 de diciembre de cada año, de modo que quienes los sirvan expirarán en sus funciones en esa fecha, por el solo ministerio de la ley, salvo que hubiere sido propuesta la prórroga con 30 días de anticipación a lo menos. Enseguida, es útil recordar que esta Entidad de Control ha establecido, entre otros, en el dictamen N° 1.935, de 2013, que compete a la autoridad determinar la procedencia de la prórroga de una contrata y su duración, respecto de lo cual es dable añadir que si bien la norma precitada establece para dichos cargos una duración máxima, ello no significa limitar a la Administración en cuanto a sus facultades para determinar un período menor, conclusión que es armónica con el razonamiento sostenido en el dictamen N° 73.976, de 2011, de este origen. En consecuencia, la decisión adoptada por la superioridad, en orden a renovar la designación a contrata de la peticionaria hasta el 31 de marzo de este año, se ajustó a derecho. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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