Dictamen N° 20260/2009
N° 20.260 Fecha: 20-IV-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Oscar Demócrito Silva Toro, funcionario de la Municipalidad de Cerro Navia, solicitando un pronunciamiento que determine su derecho a optar por continuar afecto al fondo de desahucio de la ex Caja de Retiro y Previsión de los Empleados Municipales de la República, reintegrando las cotizaciones adeudadas, no obstante haberse afiliado al nuevo sistema de pensiones en el año 1983. Sobre la materia, es dable manifestar que los funcionarios municipales imponentes de la aludida caja, que se incorporen posteriormente al nuevo régimen de pensiones pueden optar, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13 número 1 del decreto ley N° 3.501, de 1980, por continuar afectos al sistema de desahucio que los regía anteriormente, tal como lo indica la jurisprudencia de este Organismo Fiscalizador contenida en los dictámenes N°s. 31.651, de 1981 y 48.160, de 2000. Enseguida, conviene recordar, que la jurisprudencia de esta Entidad de Control, precisó, entre otros, en los dictámenes N°s 40.594, de 1994 y 42.283, de 2004, que a falta de un plazo para hacer efectivo ese derecho, la elección puede realizarse en cualquier momento, con la sola limitación que no se haya producido una desvinculación de la entidad empleadora o un cambio de calidad jurídica que eventualmente podría haber significado un régimen de desahucio distinto. Ahora bien, en el caso que no se le hubiere descontado al servidor oportunamente la cotización para el fondo de desahucio, éste debe pagar a su costa las imposiciones atrasadas, las que serán gravadas con el interés penal a que se refiere el artículo 123 de la ley N° 16.464. En consecuencia, el señor Silva Toro, puede optar por seguir afecto al fondo de desahucio que le corresponde y enterar las respectivas cotizaciones en los términos descritos.