Dictamen CGR

Dictamen N° 43421/2014

2014-06-13 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Se autoriza el tratamiento extrapresupuestario para el manejo de los recursos que el Ministerio de Relaciones Exteriores reciba para la ejecución del proyecto que indica
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N° 43.421 Fecha: 13-VI-2014 El Director General Administrativo del Ministerio de Relaciones Exteriores solicita se autorice a esa Cartera de Estado a recibir y manejar, bajo el sistema “Administración de Fondos”, los caudales que la Red de Archivos Diplomáticos Iberoamericanos -RADI-, le entregue para el desarrollo del proyecto “Puesta en Valor del Fondo Inmigración: Organización, Valoración y Descripción de la documentación”. En primer término, corresponde precisar que el registro en “Administración de Fondos” importa el ingreso de recursos en cuentas complementarias o extrapresupuestarias. Sobre ello, de acuerdo al artículo 4° del decreto ley N° 1.263, de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado, y a lo concluido por la jurisprudencia de este Organismo Fiscalizador contenida en los dictámenes N°s. 71.000, de 2010 y 82.176, de 2013, todas las entradas y gastos del Estado deben reflejarse en el presupuesto del sector público, salvo que una disposición legal establezca lo contrario o por instrucciones de este Ente de Control, cuando existan fundamentos para determinar que esos aumentos o disminuciones de haberes no afectan por su naturaleza la ejecución presupuestaria al momento de su ocurrencia. En ese contexto, según el último de los citados pronunciamientos, dicha circunstancia acaecerá cuando se trate, por ejemplo, de caudales que no tengan la calidad de ingresos propios del respectivo servicio. Pues bien, de los antecedentes tenidos a la vista, se desprende que la RADI es un programa internacional del que forman parte los archivos de las Cancillerías Iberoamericanas -entre los que se cuenta el Archivo General Histórico, a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores-, que se financia con aportes de sus miembros y que tiene por objeto promover la cooperación en materia de organización, administración, conservación y utilización de los sistemas de registro y repertorio de aquellas, llamando al efecto a una convocatoria para traspasarles recursos destinados a solventar iniciativas que contribuyan al desarrollo de la señalada finalidad. Asimismo, aparece que el indicado Archivo Histórico presentó a dicho concurso el individualizado proyecto, requiriendo una ayuda económica de € 7.480, la que se entrega por una sola vez, con un propósito específico, debiendo informarse a la RADI sobre su inversión y sujeta a reembolso para el evento de que no se cumpla con el objetivo para el cual se otorga. De esta manera, atendido que esos haberes constituyen, en el actual año presupuestario, mayores ingresos no previstos en el presupuesto de la mencionada Cartera de Estado y que de la ficha descriptiva de la enunciada iniciativa se desprende que las actividades a realizar tienen por objeto concretar la función de cooperación de la RADI en Chile, es que este Organismo de Control concede su autorización para que los recursos de la especie se manejen en la cuenta extrapresupuestaria requerida. Lo anterior, en todo caso, no obsta a la fiscalización que sobre la materia corresponde a esta Contraloría General en ejercicio de sus atribuciones. Finalmente, cabe señalar que los recursos asignados por la RADI deben ser registrados y controlados a través del procedimiento contable H – 01 -fondos administrados por entidades públicas que no los incorporan a su presupuesto-, incluido en el Manual de Procedimientos Contables para el Sector Público, aprobado por el oficio circular N° 54.900, de 2006, de este origen. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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