Dictamen N° 59567/2009
N° 59.567 Fecha: 28-X-2009 La Contraloría General no ha dado curso a la resolución N° 178, de 2009, de la Dirección General de Obras Públicas que, entre otras medidas, aprueba pago de indemnización -por concepto de mayores gastos generales por modificación del programa de trabajo- y liquidación final del contrato “Construcción Eje Caupolicán, Tramo Km. 667,363 a Km. 674,6138, Temuco, IX Región”, por cuanto esa Dirección debió establecer en la liquidación el reajuste correspondiente a la indemnización que se aprueba, debiendo también el acto en estudio autorizar su procedencia y pago, sin que resulte suficiente la sola mención -en el párrafo final del punto 4.3 de dicho documento-, que aquel beneficio se pagará reajustado una vez que la resolución en examen se encuentre tramitada por este Organismo de Control. Ello, por cuanto la liquidación debe entenderse como un balance final del contrato, que comprende todos los aspectos del mismo en cuanto a los pagos realizados en relación a las obras ejecutadas o por cualquier otro concepto que derive de la relación contractual -la que se extingue luego de la total tramitación de la resolución que la sanciona-, así como las acreencias y los reajustes que se hayan devengado a favor del contratista, los que deben aprobarse por resolución, de acuerdo al artículo 108, inciso cuarto, del decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas, Reglamento para Contratos de Obras Públicas. Por la circunstancia antes señalada, para la confección del citado instrumento contable es menester se hayan emitido la totalidad de los estados de pago, sin perjuicio de que, cuando corresponda, la solución de los mismos deba supeditarse a la tramitación de la resolución que así lo autorice. Cabe añadir, que el monto de la indemnización de que se trata, se fija en la suma de $100.431.843 en el resuelvo N° 2 del instrumento en examen, y se adjunta un certificado de compromiso de fondo por igual monto, en circunstancias que, según la liquidación que se autoriza, la suma a pagar al contratista es de $77.419.761, más reajustes. Por orden del Contralor General de la República Juan Carlos Lillo Valenzuela Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación