Dictamen N° 61696/2009
N° 61.696 Fecha: 05-XI-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Digna Larenas Orellana, funcionaria del Departamento de Salud de la Municipalidad de Quilicura, solicitando un pronunciamiento sobre las funciones que se le han encomendado, por cuanto constituirían acoso laboral en su contra, considerando que fue traspasada al Estatuto de Atención Primaria de Salud, conforme lo ordena la ley N° 20.250. Sobre el particular, cabe señalar que el artículo tercero transitorio de la ley N° 20.250, dispone el traspaso, por una sola vez, a la dotación de la correspondiente entidad administradora de salud comunal del personal contratado que, al 1 de septiembre de 2007, desempeñe funciones que de conformidad a lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 1° de ese texto legal, les resulte aplicable la ley N° 19.378. Su contrato será a plazo fijo o indefinido según la naturaleza del contrato que tenían a la fecha del traspaso. En este contexto, la jurisprudencia administrativa de este Organismo Contralor, mediante los dictámenes N°s 9.239 y 52.978, ambos de 2009, ha precisado que las municipalidades deben efectuar el referido traspaso del personal, de acuerdo a ¡las funciones que el funcionario cumplía al 1 de septiembre de 2007, según él respectivo contrato de trabajo, por cuanto a esa data tuvo lugar el cambio del su régimen jurídico. Pues bien, resulta necesario indicar que con ocasión del traspaso de personal previsto en la ley N° 20.250, la servidora fue incorporada a la dotación de salud municipal en la categoría c), correspondiente a los Técnicos de Nivel Superior, en el nivel 5, mediante el decreto N° 396, de 2008, de la Municipalidad de Quilicura, respecto del cual, luego de ser registrado por esta Entidad Fiscalizadora, se emitieron los oficios N°s 10.774 y 49.907, ambos de 2009, a través de los cuales se formularon observaciones a la decisión adoptada por la autoridad edilicia, por cuanto el municipio no ha acompañado los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos de incorporación a la dotación municipal, conforme lo establece el artículo 13 de la ley N° 19.378. En consecuencia, cumple esta Contraloría General con manifestar que la Municipalidad de Quilicura deberá regularizar a la brevedad, el traspaso de la señora Larenas Orellana, con el objeto que la autoridad municipal pueda asignarle las tareas propias de la categoría en que sea, en definitiva, clasificada. Finalmente, en lo que se refiere a las acusaciones de acoso laboral, es dable manifestare, que la existencia de situaciones como las que se reclaman, deben ser analizadas en las instancias judiciales pertinentes o mediante la instrucción de un procedimiento sumarial ordenado por el alcalde, destinado a precisar si de ellas se derivan infracciones administrativas, motivó por el cual debe abstenerse de emitir un pronunciamiento al respecto (aplica el dictamen N° 42.127, de 2009). Por orden del Contralor General de la República Sonia Doren Lois Subcontralor General