Dictamen N° 62881/2009
N° 62.881 Fecha: 11-XI-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Álvaro Rodrigo Aroca Córdova, ex funcionario de la Superintendencia de Servicios Sanitarios de la Región de Los Ríos, para reclamar que ha recibido una respuesta incompleta de parte de la aludida Institución, en lo que dice relación con su denuncia por una presunta situación de acoso laboral que le habría afectado antes del cese de sus funciones, toda vez que, según estima, la información entregada no individualiza el sumario administrativo que debió instruirse al respecto. En forma previa, cumple con manifestar que mediante el oficio N° 1.580, de 2009, de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, consta que, luego de una investigación interna, se desestimó el reclamo del interesado por no encontrarse antecedentes que avalaran la denuncia de la especie. Precisado lo anterior, cabe hacer presente que de acuerdo a lo indicado en el dictamen N° 19.327, de 2008, entre otros, de este Órgano Fiscalizador, la existencia de situaciones de acoso laboral es un aspecto que debe ser analizado en las instancias judiciales pertinentes o mediante la instrucción de un procedimiento disciplinario, con el objeto de precisar si de ello derivan infracciones administrativas. Ahora bien, de los documentos acompañados no se desprende que la entidad recurrida haya dispuesto instruir un proceso sumarial en los términos que exige la citada jurisprudencia administrativa, o, al menos, los datos necesarios para la correcta individualización de ese procedimiento en caso de que, efectivamente, se haya ordenado incoar, siendo este último dato necesario para satisfacer las exigencias del artículo 8° de la Constitución Política de la República, y el artículo 10 de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública, que otorgan a toda persona el derecho a solicitar y recibir información de cualquier órgano del Estado de acuerdo a la normativa que regula la materia, tal como indica el criterio contenido en los dictámenes N os 38.359 y 44.511, ambos de 2009, de esta Entidad Fiscalizadora. En estas condiciones, esta Contraloría General cumple con manifestar que la Superintendencia de Servicios Sanitarios deberá, a la brevedad, dar cumplimiento a lo expresado en el presente oficio. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República