Dictamen CGR

Dictamen N° 68001/2014

2014-09-02 · Contratación de personal (contrata, honorarios, planta) · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa resolución N° 221, de 2014, del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, que pone término anticipado a la contrata de funcionario que indica, por no ser necesarios sus servicios y atiende presentación del afectado
Aplicado por
Dictamen N° 80143/2014
Aplica dictámenes
Dictamen N° 77043/2014
Aplica dictámenes
Dictamen N° 72933/2014
Aplica dictámenes

N° 68.001 Fecha: 02-IX-2014 Se ha remitido a esta Contraloría General, para su control previo de legalidad, la resolución de la suma, que pone término anticipado, a contar de su total trámite, a la contrata de don Paulo Bonhomme Blu, quien, a su turno, denuncia una serie de irregularidades que se habrían cometido al interior de esa entidad, producto de lo cual se habría determinado su desvinculación. Requerido su informe, el anotado organismo expresa que, a su juicio, existe plena regularidad en el aludido cese, ya que él se habría conformado a la normativa aplicable. Sobre el particular, cabe señalar que según los antecedentes tenidos a la vista, el peticionario fue designado en la indicada calidad, bajo la fórmula "mientras sean necesarios sus servicios", siendo dispuesta su última prórroga hasta el 31 de diciembre de 2014. Establecido lo anterior, es del caso anotar que la jurisprudencia de este Órgano de Control, contenida, entre otros, en el dictamen N° 52.385, de 2014, ha expresado que cuando una contrata ha sido ordenada con la apuntada cláusula, la autoridad puede finalizarla en cualquier época precedente a su vencimiento, por lo que se debe concluir que el alejamiento antelado que nos ocupa, se ajusta a derecho, puesto que del análisis del respectivo acto administrativo aparece que él ha tenido lugar en el ejercicio de la atribución que la referida fórmula le otorga a la superioridad competente. Luego, en lo que atañe al cambio de unidad alegado por el recurrente, es útil indicar que conforme al criterio expuesto, entre otros, en el dictamen N° 41.783, de 2012, de esta procedencia, la autoridad administrativa puede trasladar a los empleados al lugar en que deben desarrollar sus labores, acorde con las necesidades del servicio, especialmente tratándose del personal incorporado a contrata para realizar tareas genéricas, como acontece en la situación en comento. Finalmente, tratándose de la denuncia de que el Director del mencionado servicio de salud tomó conocimiento -a través de la unidad jurídica-, de un proceso disciplinario seguido en su contra, es del caso indicar que si bien la ley N° 18.834, establece el secreto del sumario, lo cierto es que de la documentación examinada, no es posible advertir la ocurrencia de ese hecho, ya que aquél sólo tomó conocimiento del estado de la tramitación del mismo. En las condiciones anotadas, se ha tomado razón de la resolución N° 221, de 2014, del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, y se desestiman las alegaciones expuestas. Transcríbase al señor Bonhomme Blu y al Área de Personal de la Administración de la División de Personal de la Administración del Estado de esta Entidad Fiscalizadora. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Dictámenes relacionados
Dictamen N° 52385/2014
Aplica dictámenes
Dictamen N° 41783/2012
Aplica dictámenes