Dictamen CGR

Dictamen N° 68458/2012

2012-10-31 · Contratación pública, licitaciones y compras · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre la improcedencia de emitir pronunciamiento previo que permita autorizar una contratación determinada mediante trato directo
Aplicado por
Dictamen N° 146366/2025
Aplica dictámenes
Dictamen N° 4800/2017
Aplica dictámenes
Dictamen N° 17336/2015
Aplica dictamen
Dictamen N° 76399/2014
Aplica dictámenes
Dictamen N° 71184/2014
Confirma dictamen
Dictamen N° 54511/2013
Aplica dictámenes
Dictamen N° 51772/2013
Aplica dictámenes
Dictamen N° 31356/2013
Aplica dictamen

N° 68.458 Fecha: 31-X-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Director del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, solicitando un pronunciamiento sobre la factibilidad de autorizar la contratación, mediante trato directo, de los actuales concesionarios de los casinos del Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río, habida consideración de la construcción de un nuevo edificio y por el tiempo que esto demore, ya que al término de la edificación necesariamente abandonarán las actuales instalaciones, poniéndose término a la contratación. Sobre el particular, cabe hacer presente que el artículo 8° de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, complementado por el artículo 10 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, establece que procederá el trato directo en los casos fundados que se señalan en aquellas disposiciones, debiendo acreditarse la concurrencia de las circunstancias que configuran dichas causales y autorizar la procedencia de esta forma de contratación por medio de una resolución fundada. Atendido lo anterior, es necesario manifestar que en el evento de concurrir alguna de las causales aludidas, la autoridad competente del referido Servicio de Salud podrá efectuar la contratación de que se trata de la forma indicada, en la medida que se acrediten los hechos que sirvan de fundamento a esta, sin que esta Contraloría General pueda ponderar previamente su pertinencia. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República