Dictamen N° 85198/2013
N° 85.198 Fecha: 27-XII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Juan López Rivera solicitando la reconsideración del oficio N° 4.386, de 2013, de la Sede Regional del Maule, en el sentido que se ordene a la Municipalidad de Molina le pague el bono de reconocimiento profesional contemplado en el artículo 1° de la ley N° 20.158, desde marzo de 2009 hasta febrero de 2012; agregando que habría trabajado media jornada el 1 de marzo de 2013, por lo que su contrato se debería haber entendido prorrogado por esa anualidad. Requerido informe, dicho municipio manifestó que el interesado solicitó el pago del beneficio en comento solo a partir de diciembre de 2011 -para cuyo efecto adjuntó un certificado emitido por el Instituto Profesional La Araucana-, el que se comenzó a pagar desde el mes de enero de 2012. Al respecto, cabe recordar que el referido oficio N° 4.386, de 2013, de la Oficina Regional del Maule, señaló, en lo que interesa, que la designación del recurrente venció el 28 de febrero de 2013, sin que se haya dispuesto su renovación, correspondiendo el término de la relación laboral en esa fecha por el vencimiento del plazo. Luego, en lo relativo al bono de reconocimiento profesional reclamado, dicho pronunciamiento precisó que la citada entidad edilicia pagó el beneficio en comento desde el mes de marzo de 2012, en adelante. Sobre el particular, cabe recordar que, la ley N° 20.158 en su artículo 1° creó una bonificación de reconocimiento profesional a contar del mes de enero del año 2007, disponiendo en su artículo 3° que para tener derecho a la misma los docentes señalados en dicho artículo 1° deben demostrar, de conformidad al artículo 7°, estar en posesión del título de profesor o educador otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por este. Luego, cabe advertir que el legislador radicó en el propio profesional de la educación que desee impetrar la bonificación de la especie, la acción de acreditar ante su sostenedor que cuenta con los requisitos que le permiten percibirla, esto es, encontrarse en posesión de los títulos profesionales o de los diplomas de mención correspondientes (aplica criterio contenido en el dictamen N° 47.747, de 2008). En consecuencia, en atención a que el recurrente solo solicitó el bono de reconocimiento profesional en diciembre de 2011 y a que la Contraloría Regional del Maule acreditó su pago solo a contar de marzo de 2012, esa entidad edilicia deberá acompañar a esa Sede Regional los documentos que respalden su entero por los meses de enero y febrero de dicha anualidad (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s. 10.320 y 50.639, ambos de 2012). Por último, en lo que atañe a lo afirmado por el recurrente en el sentido que habría trabajado media jornada el 1 de marzo de 2013, cumple con señalar que su designación venció el 28 de febrero de 2013, sin que se haya establecido su renovación - correspondiendo el término de la relación laboral en esa fecha por el vencimiento del plazo-, no procediendo una prórroga automática por esa anualidad, como parece entenderlo el interesado, sin que acompañe antecedentes que constaten que realizó labores no pagadas por ese municipio. En consecuencia, se confirma el oficio N° 4.386, de 2013, de la Contraloría Regional del Maule, complementándose dicho pronunciamiento y el dictamen N° 64.976, de 2013, en los términos precedentemente expuestos. Transcríbase al recurrente y a la Contraloría Regional del Maule. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República