Dictamen N° 16019/2010
N° 16.019 Fecha: 26-III-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Valentina Alejandra Cárdenas Fernández, funcionaria a contrata, asimilada a grado 13 de la Planta Administrativa de la Comisión Nacional del Medio Ambiente, para reclamar ante la falta de respuesta a la solicitud de aumento de grado que habría realizado ante el mencionado Servicio, por cuanto, según estima, sus buenas calificaciones y el hecho de haber obtenido el título de Técnico de Nivel Superior en Bibliotecas Públicas, Privadas y Escolares, serían fundamento suficiente para obtener un mayor nivel de remuneración. Requerido de informe, la entidad recurrida ha señalado, en síntesis, que su Subdepartamento de Recursos Humanos sólo tiene registro de la licencia de educación media de la ocurrente, la que presentara al ingresar al Servicio el año 2001, agregando sobre sus calificaciones, que en los dos últimos períodos mantuvo sus notas, por cuanto la presentación de licencias médicas reiteradas habría imposibilitado su evaluación. Enseguida, es menester hacer presente que la señora Cárdenas no acompaña ningún antecedente que acredite la solicitud que formalizara ante la respectiva autoridad administrativa, cuya omisión de respuesta reclama. No obstante lo anterior, es deber precisar que, según el criterio contenido en los dictámenes N os 32.373, de 1989 y 14.177, de 2009, de esta Entidad de Control, los empleos a contrata carecen de un grado específico de la planta, de modo tal que la autoridad competente, al disponer la contratación, debe fijar un grado en el escalafón correspondiente. En este contexto, cabe desestimar el reclamo de la señora Cárdenas Fernández, toda vez que es facultad de la Superioridad el determinar los niveles o grados remuneratorios en que dispongan las contrataciones de personal en sus dependencias, según las necesidades del propio Servicio, resultando improcedente que esta Contraloría General imparta instrucciones en ese aspecto o les ordene determinados nombramientos o contrataciones, conforme al mérito de las personas o conveniencia de éstas, tal como se informó en el dictamen N° 24.319, de 2009, de este Órgano Fiscalizador. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República