Dictamen CGR

Dictamen N° 16597/2019

2019-06-19 · Obras públicas y concesiones · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcances la Resolución N° 19, de 2019, de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas
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N° 16.597 Fecha: 19-VI-2019 La Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba una modificación de contrato por aumento de recursos de la “Asesoría de Inspección Fiscal para la Construcción de la Obra: Aeropuerto Internacional Arturo Merino Benítez de Santiago”, pero cumple con hacer presente que el documento en examen ha sido dictado con retraso, toda vez que data del 29 de abril de 2019 -siendo ingresada a esta entidad el 3 de junio- en circunstancias que el convenio que aprueba es de fecha 11 de enero de la misma anualidad. Atendido lo expuesto, en lo sucesivo, ese servicio deberá adoptar las medidas que sean necesarias a fin de que los actos administrativos sean emitidos oportunamente, tal como se ha señalado entre otros, en los dictámenes N°s 44.028, de 2017, 19.835, de 2018 y 14.389, de 2019, todos de este origen. Asimismo, corresponde manifestar que, respecto a los vistos de la resolución en estudio, se advierte un error en la fecha de la “Minuta N° 1, Modificación de Contrato Asesoría Inspección Fiscal N° 3”, del inspector fiscal. También, es dable hacer presente que a la fecha aún no se ha tramitado totalmente el acto administrativo pertinente que formalice la resolución exenta N° 360, de 2018, de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, que modificó el contrato de concesión de la referida obra por razones de interés público y urgencia -y que sirve en parte de antecedente del documento en examen-, no importando la presente toma de razón pronunciamiento alguno respecto de la procedencia de esa modificación (aplica criterio de dictámenes N°s 85.054, de 2016, 25.179, de 2017, 12.265, de 2018, y 5.561, de 2019, todos de este origen). Por otro lado, es del caso señalar que se observa un error en la correlación de los numerales contenidos en el apartado 3 del convenio que se aprueba. Enseguida, es menester indicar que, de conformidad a lo señalado en correo electrónico de 14 de junio de 2019, de ese servicio, se entiende que el recurso “VAN” que se incorpora se contempla desde el mes 39 al 61, y no como se consigna en el numeral 3.2 “Aumento de la Movilización” del aludido acuerdo de voluntades. Del mismo modo, de acuerdo a lo manifestado en correo electrónico de 18 de junio del año en curso, la duración de los profesionales revisores de proyectos se extiende desde el mes 39 al mes 47 y no como se establece en el numeral 3.2 “Aumento del período de permanencia de profesionales revisores de proyecto” del referido convenio. Luego, en relación al cuadro del numeral 4 “Recursos de la Asesoría” del antedicho acuerdo, específicamente en la fila “Supervisor de Equipamiento Aeroportuario”, se advierte un error en la individualización del cargo dispuesta en la columna “Reprogramación del recurso”. Otro tanto acontece con las filas “Laboratorista clase B/ Laboratorista 1” y “Alarifes”, cuyos contenidos no guardan relación con lo señalado en el anexo N° 5 “Modificación de Cronograma de Recursos” del mencionado convenio. Adicionalmente, corresponde indicar que, en la especie, procede el pago de gastos generales y utilidades en los términos prescritos en el punto 20 de las bases aprobadas por la resolución N° 61, de 2011, de la Dirección General de Obras Públicas (aplica criterio de dictámenes N°s 7.074, 7.075 y 12.221, todos del 2019). Finalmente, es del caso anotar que, en relación al resuelvo cuarto del acto administrativo examinado, se advierte un error en la redacción del monto total de la reprogramación. Asimismo, la imputación presupuestaria de gastos debe efectuarse a la partida 12, capítulo 03, programa 01, subtítulo 31, ítem 02, asignación 002, y no como allí se menciona. Con los alcances que preceden, se ha tomado razón del instrumento del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Jefe División de Infraestructura y Regulación

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