Dictamen N° 2522/2010
N° 2.522 Fecha: 14-I-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Alejo Fernando Vilches Órdenes, ex funcionario de la Dirección General de Aeronáutica Civil, para solicitar se ordene a la citada institución, que le pague las remuneraciones correspondientes al feriado legal por el lapso comprendido entre el día 28 de septiembre y el 23 de octubre de 2009. Requerido su informe, el mencionado servicio ha manifestado, en síntesis, que no resultaba procedente el otorgamiento de dicho feriado ni la compensación del mismo en dinero por el período que se reclama, atendido que el recurrente cesó en funciones el día 1 de octubre de 2009. Sobre el particular, cabe señalar, de acuerdo con los antecedentes tenidos a la vista, que a través de la resolución N° 387, de 2009, de esa repartición, se puso término al contrato del peticionario, por no ser necesarios sus servicios, acto administrativo que le fue notificado, mediante carta certificada, el día 30 de septiembre de ese año, data hasta la cual prestó labores en la referida Dirección. Ahora bien, en cuanto al pago del feriado que reclama, es necesario precisar, según lo informado por esta Entidad de Control en los dictámenes N os 55.480, de 2005 y 35.997, de 2009, entre otros, que tal beneficio estatutario sólo se puede hacer efectivo mientras se tiene la calidad de empleado, por lo que si termina su desempeño por cualquiera de las causas de expiración de funciones que contempla la ley -como ocurrió en la especie-, el interesado no puede reclamar hacer uso de tal derecho ni tampoco exigir una compensación pecuniaria por dicho motivo. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República