Dictamen N° 26817/2010
N° 26.817 Fecha: 19-V-2010 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al decreto N° 284 de 2010, del Ministerio de Justicia, mediante el cual se concede personalidad jurídica a la Fundación Instituto de Fomento de la Calidad Alimentaria, por cuanto no se ajusta a derecho. Al respecto cabe indicar en primer lugar que la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado -cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia-, señala en el primer inciso de su artículo 6° que “el Estado podrá participar y tener representación en entidades que no formen parte de su Administración sólo en virtud de una ley que lo autorice, la que deberá ser de quórum calificado si esas entidades desarrollan actividades empresariales”. En este sentido, la Contraloría General ha recalcado que la disposición recién citada implica que debe existir una norma legal expresa que faculte al Estado a participar o tener representación en entidades como las indicadas precedentemente, tal como se precisó en el dictamen N° 38.416, de 2009. Enseguida corresponde señalar que en los estatutos de la fundación a la que se le concede personalidad jurídica por el instrumento en análisis, se designa en su artículo séptimo al Ministro de Agricultura como integrante y presidente del consejo directivo que tiene a su cargo la dirección superior de dicha entidad. Pues bien, en este caso no se advierte la norma legal que faculte al Ministro de Agricultura para integrar los órganos de administración de entidades de derecho privado como la que se examina. Asimismo, esta Contraloría General ha indicado, mediante el dictamen N° 73.040, de 2009, que los ministros tienen el carácter de “autoridades de gobierno”, de manera que sólo pueden participar y tener representación en entidades que no formen parte de la Administración del Estado en virtud de una ley que los autorice, lo que, como ya se señaló, no aparece que ocurra en la especie. Por las razones expuestas, se representa el acto administrativo en examen. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República