Dictamen CGR

Dictamen N° 4640/2011

2011-01-24 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Vigente
Sumario. Sobre obligatoriedad del cumplimiento de dictámenes de Contraloría General
Aplicado por
Dictamen N° 12916/2014
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Dictamen N° 49964/2013
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Dictamen N° 34494/2013
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Dictamen N° 3694/2013
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Dictamen N° 2205/2013
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Dictamen N° 60632/2011
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N° 4.640 Fecha: 24-I-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Cristian Mauricio Fajardo Rubio, ex funcionario de la Dirección de Obras Portuarias, dependiente del Ministerio de Obras Públicas, para reclamar por la falta de acatamiento del dictamen N° 44.109, de 2010, de esta Entidad de Control. Requerido su informe, el citado Servicio ha señalado, en síntesis, que no ha dado cumplimiento a las conclusiones del aludido pronunciamiento, ya que consideró indispensable que previamente se concluyeran dos procesos sumariales que afectan al interesado. Sobre el particular, es necesario recordar que por medio del referido dictamen, este Organismo Fiscalizador señaló, en lo que interesa, que por resolución exenta N° 2.438, de 2009, del Servicio, se concedió al solicitante la asignación de funciones críticas desde el 1 de octubre al 31 de diciembre de esa anualidad, sin que ella haya sido enterada en las liquidaciones de sueldo respectivas y que, atendido a que no consta la suspensión de tal estipendio de la forma que establece la ley, la decisión de no pagar el referido beneficio, no se encuentra ajustada a derecho, debiendo regularizarse a la brevedad. Enseguida, respecto de las remuneraciones del mes de diciembre del mismo año, el aludido oficio ha informado que por el tiempo durante el cual no se hubiere efectivamente trabajado no podrán percibirse remuneraciones, por ende, los descuentos practicados durante la aludida mensualidad se encuentran ajustados a derecho. Precisado lo anterior, resulta indispensable recordar que los informes jurídicos emitidos por este órgano de Control son obligatorios y vinculantes para los Servicios sometidos a su fiscalización y su carácter imperativo encuentra su fundamento en los artículos 6°, 7° y 98 de la Constitución Política de la República; 2° de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; y 1 °, 5°, 6°, 9°, 16 y 19 de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General, por lo que el incumplimiento de tales pronunciamientos por parte de esos organismos significa la infracción de los deberes funcionarios de los servidores involucrados, comprometiendo su responsabilidad administrativa, conforme se ha resuelto, entre otros, en el dictamen N° 67.119, de 2010, de este origen, por lo que esa Dirección deberá regularizar a la brevedad la situación del interesado, informando el cumplimiento del citado dictamen, a esta Entidad de Control.

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