Dictamen CGR

Dictamen N° 53810/2012

2012-08-30 · Salud pública y personal de salud · municipal · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Se ajusta a derecho destinación de funcionaria municipal no resultando procedente pago de asignación por desempeño difícil que reclama
Aplicado por
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N° 53.810 Fecha : 30-VIII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General, doña Sandra Vásquez Rivera, funcionaria de la Municipalidad de Quilicura, solicitando que se instruya al alcalde de esa corporación edilicia para dejar sin efecto la destinación ordenada a su respecto, desde el Servicio de Atención Primaria de Urgencia Rodrigo Rojas Denegri -donde ejercía labores de secretaria- al Centro de Orientación Mental de Quilicura, para la realización de trabajos administrativos, situación que, según expone, le produce un menoscabo económico, ya que deja de percibir la asignación de desempeño difícil que recibía. Requerido informe, ese municipio, señaló que el referido estipendio solo será percibido por quienes desarrollen tareas en los establecimientos que trabajan en condiciones difíciles, precisando, además, que este se encuentra vinculado al recinto y no a la persona en particular, quienes pueden ser reubicados por necesidades del servicio. Al respecto, cumple con hacer presente, que el artículo 70 de la ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales -aplicable supletoriamente en la especie, en virtud de lo ordenado por el artículo 4° de la ley N° 19.378, Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal-, establece que los funcionarios podrán ser destinados a desempeñar funciones propias del cargo para el que han sido designados dentro de la municipalidad correspondiente. En efecto, este Organismo de Control, mediante los dictámenes N°s. 25.931 y 54.781, ambos de 2009, y 13.395, de 2012, entre otros, ha precisado que es atribución privativa de la autoridad máxima de un municipio reordenar el personal de su dependencia, decidiendo como distribuirlo y ubicarlo, según lo requieran las necesidades de la repartición que dirige, con la sola limitación de que los trabajos que deba cumplir sean aquellos para los cuales ha sido nombrado y sin que ello signifique arbitrariedad. En este contexto, es dable señalar que la destinación en comento -dispuesta mediante resolución N° 81, de 2012, de esa corporación edilicia-, se encuentra ajustada a derecho, atendido que la peticionaria pertenece a la planta administrativa y la nueva función encargada dice relación con las labores conforme a las cuales fue contratada indefinidamente en la categoría E, de la dotación correspondiente. Por otra parte, respecto a la asignación de desempeño difícil por la que se reclama, contemplada en el artículo 28 de la citada ley N° 19.378, es oportuno destacar que, tal como lo ha precisado la jurisprudencia administrativa de este Órgano Contralor contenida, entre otros, en los dictámenes N°s. 34.595 y 34.599, ambos del año 2009, se trata de un incremento al que se tiene derecho en consideración a las peculiares características del establecimiento en que se labora, y para impetrarla es menester que los funcionarios trabajen en un establecimiento calificado como de desempeño difícil por el Ministerio de Salud, o bien, que ejecuten sus actividades en un servicio de atención primaria de urgencia, que se encuentren incorporados a la dotación de salud respectiva, mediante un contrato a plazo fijo o indefinido, debiendo además, su jornada de trabajo haber sido prevista en el decreto supremo que fija los establecimientos calificados como tales. Ahora bien, revisados los antecedentes, y según puede apreciarse del decreto N° 130, de 2010, de ese ministerio, el referido Centro de Orientación Mental de Quilicura, donde actualmente se desempeña la peticionaria, no ha sido calificado para el período que va desde el año 2011 al 2013 como un establecimiento de desempeño difícil, ni es un servicio de atención primaria de urgencia, por lo que al no cumplirse con los supuestos antes anotados, procede desestimar también esta petición de la recurrente. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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