Dictamen N° 94389/2014
N° 94.389 Fecha: 04-XII-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Fernando Villarroel Valenzuela, abogado, en representación de don Gene Freddy Fernández Llerena, funcionario de Carabineros de Chile, para impugnar la calificación de su mandante del año 2014, en la que fue ubicado en Lista N° 2, de Satisfactorios. Requerido al efecto, el citado organismo expresó, en síntesis, que la decisión de incorporar al interesado en esa nómina, luego de realizada su evaluación, se ajustaría a la normativa que rige la materia. Sobre el particular, cabe anotar, con arreglo a lo previsto en el artículo 32 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de esa institución, en relación con el artículo 36 de la ley N° 11.595, que los empleados de aquella pueden requerir la revisión de su calificación cuando han sido incluidos en Lista N° 4, de Eliminación o por segunda vez consecutiva en Lista N° 3, de Observación, supuestos que no concurrieron en la especie, de modo que no existe una decisión sobre la que corresponda reclamar ante este Organismo Fiscalizador, tal como se informó en el dictamen N° 57.256, de 2013, de este origen. Luego, respecto a la solicitud de antecedentes relacionados con su proceso evaluatorio, cabe indicar que según lo indicado por Carabineros de Chile, dicha información fue proporcionada al recurrente con fecha 22 de septiembre de 2014, por lo cual este Órgano de Control entiende que esta situación se encuentra superada. En lo que atañe a la falta de respuesta a su petición de audiencia ante la Honorable Junta Calificadora de Méritos y Apelaciones, es menester indicar, que el requerimiento de que se trata ha sido formulado conforme a lo prescrito en el artículo 19, N° 14, de la Constitución Política, según el cual toda persona puede presentar peticiones a la autoridad, por lo que aquélla, según se sostuvo en el dictamen N° 21.480, de 2010, de este origen, se encuentra en el deber de acoger o denegar la solicitud, otorgándose, dentro de un plazo prudencial, conocimiento de lo resuelto, lo que, de acuerdo con los antecedentes tenidos a la vista, no consta que haya ocurrido, por lo que esa institución policial deberá, en lo sucesivo, dar oportuna respuesta a las solicitudes que se le formulen. Por otra parte, en cuanto a la supuesta no recepción del documento que el ocurrente individualiza como NPC2014 2052 01, de fecha 5 de septiembre de 2014, por parte del personal de la Dirección General y del Edificio General Norambuena, ambas dependencias de Carabineros de Chile, dirigido a la referida junta evaluadora, se debe expresar que esa entidad ha manifestado que dicho antecedente fue recibido y tramitado por el anotado órgano colegiado, no observándose alguna vulneración en el actuar que se denuncia. Seguidamente, con respecto a la petición de identificación de los funcionarios de esa institución policial que señala, es dable advertir, de acuerdo a lo establecido en el artículo 10, del artículo primero, de la ley N° 20.285, que toda persona tiene derecho a solicitar y recibir información de cualquier Órgano de la Administración, en la forma y condiciones que allí se indican, por lo que el ocurrente deberá requerir directamente a la autoridad correspondiente de esa entidad policial que le proporcione los datos pertinentes. Finalmente, en lo que se refiere a las supuestas responsabilidades administrativas que se desprenderían del actuar de Carabineros de Chile, y que dicen relación con los reclamos expuestos en el presente oficio, es útil expresar que corresponde a la superioridad dotada de la potestad disciplinaria ponderar si los hechos analizados son susceptibles de ser sancionados, caso en el cual ordenará la instrucción de un sumario, acorde con lo prevenido, entre otros, en el dictamen N° 17.935, de 2012, de este Órgano Contralor. A solicitud del peticionario, con fechas 10 y 12 de noviembre de 2014, fueron enviados a su casilla de correo electrónico los informes evacuados por la Dirección Nacional de Personal de Carabineros de Chile, identificados con los N os 1.538, 1.700 y 1.744, de 15 de septiembre, 8 y 17 de octubre, respectivamente, todos de 2014. Transcríbase a Carabineros de Chile. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República