Dictamen CGR

Dictamen N° 64659/2014

2014-08-21 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Atiende el oficio N° 1.600, de 2014, de la Cámara de Diputados, en relación al trámite de toma de razón de los instrumentos de planificación territorial
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N° 64.659 Fecha: 21-VIII-2014 Mediante el oficio de la suma, el Prosecretario de la Cámara de Diputados, a requerimiento del diputado señor Raúl Saldívar Auger, consulta acerca de las razones técnicas y administrativas que justificarían que el control preventivo de juridicidad de los instrumentos de planificación territorial se realice en el Nivel Central de esta Entidad de Fiscalización y no en las respectivas Contralorías Regionales. Sobre el particular, cumple con señalar que en su oportunidad se advirtió que los aludidos instrumentos adolecían de múltiples errores de forma y de fondo, motivo por el cual se dispuso centralizar la tramitación de éstos a fin de generar una jurisprudencia que, por una parte, sirviera a los órganos que participan en su aprobación para ajustarse a la normativa aplicable y, por otra, a las Sedes Regionales para efectuar la toma de razón. En ese contexto y considerando la abundante jurisprudencia generada, se publicó el “Manual Práctico de Jurisprudencia Administrativa sobre Planes Reguladores Comunales, Intercomunales y Metropolitanos”, en el cual se contiene una recopilación sistematizada de algunos dictámenes recaídos, en su mayoría en resoluciones que promulgan o aprueban instrumentos de planificación territorial, relativos a temas complejos, respecto de los que se han formulado recurrentes observaciones, identificando las materias, fecha e instrumento al que se asocian, además de la normativa aplicable al efecto. Dicho manual se remitió, entre otros, a los Directores de Obras Municipales y a los Asesores Urbanistas y se encuentra a disposición de la comunidad en la página web de este Órgano Contralor. Igualmente, con la colaboración del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y cubriendo todas las regiones del país, se realizaron diversos talleres de capacitación sobre planes reguladores con los distintos agentes que intervienen en los procesos de planificación urbana. Además, la referida Cartera Ministerial, atendiendo precisamente a las variadas y reiteradas observaciones de que han sido objeto los indicados planes reguladores por parte de esta Sede de Control, emitió el oficio N° 466, de 16 de septiembre de 2009 -dirigido a las Secretarías Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo de todas las regiones-, en el que instruye para que en su revisión, esas Secretarías Regionales den estricto cumplimiento a los criterios fijados en la jurisprudencia de esta Contraloría General, instrucciones que fueron reiteradas por el oficio N° 617, de 2010, del mismo origen. Finalmente, es dable precisar que no obstante lo expresado en los párrafos precedentes aún se aprecian serias deficiencias en los instrumentos en comento, por lo que se encuentra en desarrollo la actualización del citado manual, además de la organización de talleres en conjunto con el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, como parte de un procedimiento de traspaso de conocimientos y sistematización de los anotados criterios jurisprudenciales, todo lo cual apunta a que los instrumentos de planificación territorial se ajusten al ordenamiento jurídico en su generación y contenido, y a que las Contralorías Regionales, en el más breve plazo, asuman íntegramente el mencionado control preventivo de juridicidad. Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República